Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2019 (13/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 13 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Tercero.- ORDENAR se ponga en conocimiento del Jefe del Órgano de Constrol Institucional del Proyecto Especial Majes-Siguas del Gobierno Regional de Arequipa el acuerdo adoptado para el cumplimiento de las acciones que le corresponden conforme la Directiva N° 011-2018CG/GPL. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. RONAL V. BERNAL HUARCA Presidente del Consejo Regional 1825480-1

GRA/GR, como representante del Gobierno Regional de Arequipa, ante la Junta de Administración del Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios ­ CETICOS. Artículo 2º.- ACREDITAR Y DESIGNAR a partir de la fecha al Abogado EDWIN ESQUIVEL ALCAMORA, consultor del Gobierno Regional de Arequipa, como representante del Gobierno Regional de Arequipa ante la Junta de Administración de las Zonas Especiales de Desarrollo ( ZED). Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil diecinueve. Regístrese y comuníquese. ELMER CÁCERES LLICA Gobernador Regional 1825486-1

Acreditan y designan representante del Gobierno Regional ante la Junta de Administración de las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED)
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 498-2019-GRA/GR VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 401-2019-GRA/ GR, de fecha 19 de agosto del 2019, mediante la cual se acredita y designa al representante del Gobierno Regional de Arequipa ante la Junta de Administración del Centro de Exportación, Transformación, Industria Comercialización y Servicios CETICOS Matarani y el Oficio Nº 012-2019PJA/ZED MATARANI. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28569, otorga autonomía a los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios ­ CETICOS de Ilo, Matarani y Paita con la finalidad de construir al desarrollo de las zonas sur y norte del país; y comprende en su estructura orgánica básica a la Junta de Administración como órgano máximo de dirección, conformada entre otros miembros, por un representante del Gobierno Regional, designado mediante Resolución del Titular del Pliego. Que, a partir de la vigencia de la Ley Nº 30446, los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios (CETICOS), se denominan Zonas Especiales de Desarrollo (ZED). Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 4012019-GRA/GR, de fecha 19 de agosto del 2019, se acreditó y designó al abogado Augusto Palaco Toro, como representante del Gobierno Regional de Arequipa, ante la Junta de Administración del Centro de Exportación, Transformación, Industria Comercialización y Servicios CETICOS Matarani. Que, con Oficio Nº 012-2019-PJA/ZED MATARANI, el presidente de la Junta de Administración ZED MATARANI, solicita la designación del representante del Gobierno Regional de Arequipa al haber advertido incompatibilidad en la designación del abogado Augusto Palco Toro, por lo que corresponde designar a nuevo representante del Gobierno Regional de Arequipa ante la Junta de Administración ZED MATARANI. Que, en este orden de ideas resulta necesaria dejar sin efecto la acreditación y designación del abogado Augusto Palaco Toro y designar en su reemplazo al Abogado Edwin Esquivel Alcamora, consultor del Gobierno Regional de Arequipa. Que, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ordenanza Regional Nº 10-AREQUIPA y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la acreditación y designación del abogado Augusto Palaco Toro, efectuada mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 401-2019-

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Aceptan donación de dinero a favor del Gobierno Regional destinado al procedimiento de deslinde y titulación de la Comunidad Campesina de Llacuabamba, distrito de Parcoy, provincia de Pataz
ACUERDO REGIONAL N° 071-2019GRLL/CR Trujillo, 29 de octubre del 2019 AUTORIZAR LA ACEPTACIÓN DONACIÓN DE DINERO EN EFECTIVO A FAVOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR PARTE DE LA ASOCIACIÓN MARSA, DESTINADOS PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE DESLINDE Y TITULACIÓN DE LA COMUNIDAD CAMPESINA DE LLACUABAMBA, DISTRITO DE PARCOY, PROVINCIA DE PATAZ, REGIÓN LA LIBERTAD El consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 29 de Octubre de 2019; VISTO Y DEBATIDO: el Dictamen sobre el proyecto de Acuerdo Regional relativo a aceptar la donación de dinero en efectivo por la suma de S/. 227,908.00 (Doscientos veintisiete mil novecientos ocho con 00/100 soles) proveniente de la Asociación MARSA, para la contratación de profesionales bajo la modalidad CAS, el pago de sus respectivos beneficios de ley, viáticos, traslados, papelería y materiales de oficina y la donación de bienes muebles consistentes en 03 equipos GPS; 04 laptops; 02 computadoras estacionarias y 01 impresora, que se destinarán para los procedimientos de Deslinde y Titulación de la Comunidad Campesina de Llacuabamba ­ Distrito de Parcoy ­ Provincia de Pataz, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificaciones, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 15º, literal a) prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. El artículo 37º literal a) establece que los Gobiernos Regionales, a través de su Consejo