Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2019 (13/11/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de noviembre de 2019 /

El Peruano

la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, para asistir a la Escuela de Nano Espectroscopia 2019 del Instituto de Ciencias Aplicadas y Tecnología Universidad Nacional Autónoma de México desde el 25 hasta el 28 de noviembre del año en curso en la ciudad de México. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto y la Unidad de Presupuesto, otorgar las sumas de S/. 9,211.00 soles en la Meta Presupuestal Nº 0042- Capacitación Docente, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- AUTORIZAR, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y la inscripción para la participación a la Escuela de Nano Espectroscopia 2019 en la ciudad de México, debiendo a su retorno rendir debidamente documentada el gasto efectuado en el plazo conforme a Ley, según el siguiente detalle: · Pasajes aéreos · Pasaje Pampas ­ Lima · Viáticos · Inscripción TOTAL S/. 1,503.00 S/. 120.00 S/. 7,348.00 S/, 240.00 S/. 9,211.00

Artículo 4º.- DISPONER a la Dirección General de Administración y la Unidad de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DARÍO E. MEDINA CASTRO Presidente Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja MÓNICA DE LOS MILAGROS LAZO ZAPATA Secretaria General (e) 1825497-1

Administrativo General, señala: "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; Que con Resolución de Comisión Organizadora Nº 366-2019-UNF/CO de fecha 20 de setiembre de 2019, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicios del Dr. Wilson Manuel Castro Silupu, Coordinador (e) de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional de Frontera, para participar en el proyecto de Investigación "Agricultura e zootecnia de precisao para manejo de pastagens usando analise se imagens" en la Universidad de Sao Paulo - Brasil, del 29 de setiembre al 06 de diciembre de 2019, OTORGANDOLE licencia con goce de haber por capacitación externa oficializada; Que en la resolución antes citada en el penúltimo considerando, se ha consignado erróneamente la forma mediante la cual se han adoptado los acuerdos expuestos en la parte resolutiva, siendo lo correcto "adoptándose por mayoría"; Que mediante Memorando Nº 110-2019-UNF-VPAC de fecha 16 de octubre de 2019, la Vicepresidencia Académica, informa a la Presidencia de la Comisión Organizadora, que en el Diario El Peruano, ha sido publicada la Resolución de Comisión Organizadora Nº 366-2019-UNF/CO de fecha 20 de setiembre de 2019, la misma que en el penúltimo párrafo manifiesta que en Sesión Extraordinaria del 19 de setiembre de 2019, se indica expresamente que el acuerdo sobre la autorización del viaje del Dr. Wilson Manuel Castro Silupu, se tomó por unanimidad, afirmación que resulta errónea, ya que el acuerdo fue tomado por mayoría; Que en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 16 de octubre de 2019, se adoptó por unanimidad los acuerdos que se exponen en la parte resolutiva; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU y la Resolución Viceministerial Nº 200-2019-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el penúltimo considerando de la Resolución de Comisión Organizadora Nº 366-2019-UNF/CO de fecha 20 de setiembre de 2019, de acuerdo al siguiente detalle: DICE: Que en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 19 de setiembre de 2019, se adoptó por unanimidad los acuerdos que se exponen en la parte resolutiva; DEBE DECIR: Que en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 19 de setiembre de 2019, se adoptó por mayoría los acuerdos que se exponen en la parte resolutiva; Artículo Segundo.- MANTENER VIGENTE los demás extremos de la Resolución de Comisión Organizadora Nº 366-2019-UNF/CO de fecha 20 de setiembre de 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a las instancias académicas y administrativas pertinentes para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y ejecútese. RAUL EDGARDO NATIVIDAD FERRER Presidente de la Comisión Organizadora ANDRÉ ANTONIO LOBATÓN CARBAJAL Secretario General 1825495-1

Rectifican la Resolución de Comisión Organizadora N° 366-2019-UNF/CO de la Universidad Nacional de Frontera
UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 386-2019-UNF/CO Sullana, 17 de octubre de 2019 VISTOS: La Resolución de Comisión Organizadora Nº 3662019-UNF/CO de fecha 20 de setiembre de 2019; El Memorando Nº 110-2019-UNF-VPAC de fecha 16 de octubre; Acta de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 16 de octubre de 2019; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio del 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el Distrito y Provincia de Sullana, Departamento de Piura, con los fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico; Que mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 009-2019-UNF/CO de fecha 09 de enero de 2019, se aprobó el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera, el mismo que consta de tres (03) Títulos, diecinueve (19) Capítulos, ciento cincuenta y dos (152) Artículos, catorce (14) Disposiciones Transitorias, una (01) Disposición Final y una (01) Disposición Derogatoria; Que, el artículo 212º, numeral 212.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento