Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2019 (13/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación con sus anexos, en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Amazonas, realizar los trámites para la PÚBLICACIÓN Y DIFUSIÓN de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico de la Institución, previa promulgación por el Gobernador Regional de Amazonas, conforme dispone el Artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Séptimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador Amazonas, para su promulgación. Regional

En Chachapoyas, a los 7 días del mes octubre del año 2019 MARIO YLDEFONSO TORREJON ARELLANOS Presidente Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 17 días del mes de octubre de 2019. OSCAR RAMIRO ALTAMIRANO QUISPE Gobernador Regional Gobierno Regional de Amazonas 1825431-1

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para el proceso de incorporación progresiva del Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial Majes - Siguas
ACUERDO REGIONAL Nº 067-2019-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 9 de octubre del 2019 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N° 27867; Que mediante Oficio N° 000478-2019-CG/VCGEIP el Vice Contralor Contralor de Gestión, Estrategia e Integridad Pública de la Contraloría General de la República ha solicitado se efectúe la transferencia financiera por el monto de S/ 96 800,00 en el marco de incorporación progresiva de los OCI a la Contraloría General de la República conforme la Ley N° 30742. Que la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, conforme su artículo 1, tiene por objeto establecer las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio

oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción; Que dicha Ley, en su Tercera Disposición Complementaria, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva, lo cual deberá hacerse con sujeción a un plan de implementación aprobado por la Contraloría General de la República y para tales efectos se ha autorizado a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Contraloría General de la República; Que señala la misma disposición que las transferencias financieras se autorizan en el caso de los gobiernos regionales por acuerdo de consejo regional, previa solicitud de la Contraloría General de la República, lo que debe ser publicado en el diario oficial El Peruano; Que la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2019, en su Centésima Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar las transferencias de recursos que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la tercera y cuarta disposiciones complementarias finales de la Ley 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Que el numeral 7.2. de la Directiva N° 011-2018-CG/ GPL Directiva para la implantación de la incorporación de los órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República contempla el procedimiento para la transferencia financiera en concordancia con lo señalado por la Ley, agregando que el cumplimiento de este procedimiento deberá ser informado al jefe de la OCI de la entidad para que este realice el seguimiento y monitoreo correspondiente; Que al respecto, mediante el Informe N° 610209-GRA/PEMS-OPP, la Oficina de Planificación y Presupuesto del PEMS AUTODEMA comunica que se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios por el monto de S/ 96 800,00; por su parte, han expresado su conformidad a la transferencia financiera solicitada por la Contraloría General de la República la Oficina de Asesoría Jurídica del PEMS AUTODEMA con Informe N° 047-2019-GRA/ PEMS-OAJ; la Oficina de Presupuesto y Tributación con Informe N° 2180-2019-GRA/ORPPOT-OPT; la Oficina Regional de Asesoría Jurídica con Informe N° 11692019-GRA/ORAJ y la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial con Informe N° 209-2019-GRA/ORPPOT; SE ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera por S/ 96 800,00 (NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS 00/100 SOLES), con cargo al Presupuesto Institucional del ejercicio 2019, a favor de la Contraloría General de la República para el proceso de incorporación progresiva del Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial Majes-Siguas conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Segundo.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano.