Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2019 (13/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de marzo de 2019 /

El Peruano

VISTO, el Informe N° 000075-2019/OGRH/SG/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 006-75-PMINAP, que aprueba las Normas Generales a las que deben sujetarse la Administración Pública en relación al Fondo de Asistencia y Estímulo, modificado por los Decretos Supremos N° 028-81-PCM y N° 097-82-PCM, establece que el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE, cuyo periodo de mandato será de dos (2) años, estará integrado por un representante del Titular del Pliego, quien lo presidirá; el Director de Personal o quien haga sus veces; el Contador General o quien haga sus veces; y tres (3) trabajadores en representación de los trabajadores del organismo, con sus respectivos suplentes, elegidos sumando los votos alcanzados en votaciones directas; Que, el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 0882001, ratificó la vigencia de los Decretos Supremos N° 006-75-PM/INAP, N° 028-81-PCM y 097-82-PCM; así como las demás normas regulatorias del Fondo de Asistencia y Estímulo; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 074-2017MC de fecha 23 de febrero de 2017, se resolvió constituir el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE-MC, para el periodo del 14 de marzo de 2017 hasta el 14 de marzo de 2019, el mismo que fue reconformado a través de las Resoluciones Ministeriales N° 257-2017-MC, N° 318-2018-MC y N° 0492019-MC de fecha 25 de julio de 2017, 14 de agosto de 2018 y 05 de febrero de 2019, respectivamente; Que, con Oficio N° 000004-2019/CAFAE/SG/MC, de fecha 05 de marzo de 2019, la Presidencia del CAFAE ­ MC remite a la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 001-2019-CE/CAFAE, de fecha 05 de marzo de 2019, elaborado por el Comité Electoral CAFAE-MC 2019-2020, comunicando el resultado de la elección de los representantes, titulares y suplentes, de los representantes de los trabajadores ante el CAFAE ­ MC periodo 2019-2020; Que, mediante el documento del Visto, la Oficina General de Recursos Humanos manifiesta que resulta necesario constituir el CAFAE - MC, para el periodo del 15 de marzo de 2019 al 15 de marzo de 2021; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052013-MC; y el Decreto Supremo N° 006-75-PM-INAP, modificado por los Decretos Supremos N° 028-81-PCM y N° 097-82-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Constituir el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio de Cultura, CAFAE-MC, para el periodo del 15 de marzo de 2019 al 15 de marzo de 2021, el mismo que estará integrado por las siguientes personas: - Willy Arturo Olivera Absi, Asesor II de la Secretaría General, como representante del Titular del Pliego del Ministerio de Cultural, quien lo presidirá. - Consuelo Milagros Chávez Medina, Directora General (e) de la Oficina General de Recursos Humanos, quien actuará como Secretaria del Comité. - Mimyrle Jesús Dioses Morán, Directora de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administración, quien actuará como Tesorera del Comité. - Tres (3) representantes de los trabajadores: Representantes Titulares: - Jesús Alejandro Ramos Giraldo 1er Representante - Willian Alberto Ayala Santillana 2do Representante - María Eugenia Melchora Huayanca Cajigao 3er Representante Representantes Suplentes: - Ramón Oswaldo Hidalgo Sotelo 1er Representante

- Mareli Anita Mascco Ramos 2do Representante - Enedina Burga Palomino 3er Representante Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS MARTIN VALENCIA ESPINOZA Ministro de Cultura 1748966-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial FAP a Canadá para desempeñarse como Representante Alterno del Perú ante la OACI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0309-2019 DE/FAPLima, 11 de marzo de 2019 Visto, la Resolución Suprema N° 008-2019 DE/FAP de fecha 12 de febrero de 2019. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 008-2019 DE/FAP de fecha 12 de febrero de 2019, se designó al Mayor General FAP MARIO GONZALO PIMENTEL HIGUERAS, identificado con NSA O-9437481 y DNI N° 09927128, como Representante Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), ubicada en la ciudad de Montreal ­ Canadá, del 01 de marzo de 2019 al 28 de febrero de 2020; a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, por motivos administrativos, el Mayor General FAP MARIO GONZALO PIMENTEL HIGUERAS; saldrá del país el 13 de marzo para asumir su cargo a partir del 14 de marzo de 2019 al 28 de febrero de 2020; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Mayor General FAP MARIO GONZALO PIMENTEL HIGUERAS, para que se desempeñe como Representante Alterno del Perú ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; por cuanto, los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú, en vista que contará con personal calificado con la nueva normatividad y reglamentación de la OACI para el desarrollo de la aviación; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior, el viaje por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa y su hijo mayor de edad; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, conforme se aprecia en el documento HG-N° 036 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 06 de marzo de 2019, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, el pago correspondiente al periodo comprendido del 14 de marzo de 2019 al 31 de diciembre de 2019, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y los pagos correspondientes al año posterior será con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda, de conformidad con el artículo 18 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG y en concordancia a los establecido en los incisos a), b) y c) del artículo 13 del Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG;