Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2019 (13/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 13 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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(Texto según la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30225) DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única. Modifícase el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1018, Decreto Legislativo que crea la Central de Compras Públicas­Perú Compras, en los términos siguientes: "Artículo 2.- Funciones La Central de Compras Públicas­Perú Compras, tiene las siguientes funciones: (...) g) Promover la Subasta Inversa, determinando las características técnicas de los bienes o servicios que son provistos a través de esta modalidad y establecer metas institucionales anuales respecto al número de fichas técnicas de los bienes o servicios a ser contratados. (...)". (Texto según la Única Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30225) DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. A partir de la vigencia de la presente norma, deróganse los siguientes dispositivos y disposiciones: a) Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y normas modificatorias. b) La primera y tercera disposiciones complementarias finales del Decreto Legislativo N° 1018, Decreto Legislativo que crea la Central de Compras Públicas - Perú Compras. (Texto según la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley N° 30225) 1749200-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2019-MEM/DM Lima, 11 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 043-2019/MEM-OGPP/ OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 005-2019-MEM-OGA/MTC de la Oficina General de Administración; y el Informe Nº 249-2019-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 535-2018-MEM/DM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e Ingresos correspondiente al año fiscal 2019 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República,

bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 4322018-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con el Oficio Nº 00334-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República señala que el Ministerio de Energía y Minas ha cumplido con efectuar la primera transferencia financiera, por lo que habiéndose iniciado la ejecución del ejercicio fiscal 2019, solicita que el Ministerio de Energía y Minas proceda con efectuar la segunda transferencia financiera por el 50% de la retribución económica que incluye el IGV, por el importe de S/ 113,582.14 (Ciento Trece Mil Quinientos Ochenta y Dos y 14/100 Soles), por el período auditado 2018; Que, mediante Informe Nº 043-2019/MEM-OGPP/ OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, informa que de la revisión del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas ­ Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, se cuenta con los recursos presupuestales por el monto de S/ 113,583,00 (Ciento Trece Mil Quinientos Ochenta y Tres con 00/100 Soles) en la meta presupuestaria con secuencia funcional 0021 ­ Gestión Administrativa, por la Fuente de Financiamiento 2 ­ Recursos Directamente Recaudados, emitiendo opinión favorable sobre la disponibilidad de recursos, de conformidad con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2019-00743-001 (SIAF Nº 747); Que, en ese sentido, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto recomienda realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, lo cual resulta compatible con lo señalado por la Oficina General de Administración en su Informe Nº 005-2019-MEM-OGA/MTC, y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 249-2019MEM/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; y la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la segunda transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas ­ Central del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 113,582.14 (Ciento Trece Mil Quinientos Ochenta y Dos con 14/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al pago del 50% de la retribución económica por gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se