Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2019 (08/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

2 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Lunes 8 de julio de 2019 /

El Peruano

de Turismo y el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2015-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Franklin Ramiro Salas Bravo, Rector de la Universidad San Ignacio de Loyola como representante de la sociedad civil ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada de elaborar, actualizar y modificar el Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR, de conformidad con el Decreto Supremo N° 011-2013-MINCETUR. Artículo 2.- Actualizar la acreditación de los representantes de la Comisión Multisectorial Permanente creada mediante el Decreto Supremo N° 011-2013-MINCETUR, conforme al siguiente detalle: - Por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: - Sr. José Ernesto Vidal Fernández, Viceministro de Turismo, quien la preside. - Sr. Jorge Alejandro Reyes Hurtado, Director General de Estrategia Turística, como Secretario Técnico de la Comisión. - Por el Ministerio del Ambiente: - El/la Viceministro/a de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales (representante titular). - El/la Viceministro/a de Gestión Ambiental (representante alterno). - Por el Ministerio de Cultura: - El/la Viceministro/a de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales (representante titular). - El/la Director/a General de Museos (representante alterno). - Por la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ: - Sra. María Soledad Acosta Torrelly, Directora de Promoción del Turismo (representante titular). - Sra. Evelyn Ruth Grados Leguía, Subdirectora de Promoción del Turismo Interno (representante alterno). - Por la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR: - Sr. Jean Paul Benavente García, Gobernador Regional de Cusco (representante titular). - Sr. Guido Germain Quiñones Paucar, Director Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional del Cusco (representante alterno). - Por la Asociación de Municipalidades del Perú - AMPE: - Sr. Álvaro Gonzalo Paz De La Barra Freigeiro, Presidente de la AMPE (representante titular). - Sr. Juan Carlos Gonzales Hidalgo (representante alterno). - Por la Cámara Nacional de Turismo del Perú - CANATUR: - Sr. Carlos Fernando Canales Anchorena, Presidente del Consejo Directivo (representante titular). - Sr. Alberto Federico Alegría Negrón, Director Ejecutivo (representante alterno). - Representante gremial de la Zona Turística Nor Amazónica: - Sr. Carlos Felipe Viñas de Vivero, Presidente de la Asociación Cámara Regional de Turismo (CARETUR -Tumbes). - Representante gremial de la Zona Turística Centro: - Sr. Eduardo De La Cadena Mory, Sub Secretario de Medio Ambiente de la Cámara de Turismo y Medio Ambiente de Oxapampa. - Representante gremial de la Zona Turística Sur: - Sr. Alfonso Carlos Eguiluz Alegre, Presidente de Buró de Convenciones de Arequipa.

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan representante de la sociedad civil y actualizan la acreditación de representantes ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada de elaborar, actualizar y modificar el Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 237-2019-MINCETUR Lima, 3 de julio de 2019 Visto, el Memorándum N° 726-2019-MINCETUR/VMT del Viceministro de Turismo; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, señala que es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo y que tiene entre sus funciones, establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades turísticas, supervisando el cumplimiento de la normatividad emitida en el ámbito de su competencia; Que, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, establece que corresponde al MINCETUR aprobar y actualizar el Plan Estratégico Nacional de Turismo PENTUR como instrumento de planeamiento y gestión del sector turismo en el ámbito nacional; Que, mediante el Decreto Supremo N° 011-2013-MINCETUR se crea la Comisión Multisectorial Permanente, adscrita al MINCETUR, en adelante, Comisión PENTUR, con el objeto de elaborar, actualizar y modificar el PENTUR, así como realizar su seguimiento y evaluación; la cual se encuentra integrada por representantes de instituciones públicas a nivel nacional, regional y municipal, un representante de la Cámara Nacional de Turismo ­ CANATUR, representantes gremiales de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur, y un representante de la sociedad civil; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 011-2013-MINCETUR, la designación de los representantes de las instituciones del sector público ante la Comisión PENTUR se realizará mediante Resolución del Titular del Sector correspondiente; la de los demás integrantes será comunicada al Ministro de Comercio Exterior y Turismo; precisándose que los representantes gremiales de las Zonas Turísticas Nor Amazónica, Centro y Sur serán propuestos por la Secretaría Técnica de la Comisión PENTUR, y ejercerán su representación ante la Comisión por periodos anuales, en forma rotativa; Que, la norma antes mencionada establece que la acreditación de los integrantes de la Comisión PENTUR se formalizará mediante Resolución Ministerial del MINCETUR; Que, con Resolución Ministerial N° 451-2018-MINCETUR, se designa al señor Jorge Alejandro Reyes Hurtado, Director de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, como Secretario Técnico de la Comisión PENTUR; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 087-2017-MINCETUR y N° 402-2017-MINCETUR, se acreditaron a los representantes de la Comisión PENTUR; Que, en mérito de lo expuesto resulta necesario actualizar la acreditación de los integrantes de dicha Comisión; De acuerdo con el Informe N° 017-2019-MINCETUR/ VMT/DGET/DPDT-JASC y el Informe Legal N° 011-2019-MINCETUR/VMT/DGET/ALDGET-JCSF, de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; la Ley N° 29408, Ley General