Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2019 (08/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 8 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 43.5 del artículo 43 del TUO de la Ley 27444 establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar para el caso de los gobiernos locales, por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 268-2017/MLV se aprueban los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad por la Municipalidad Distrital de La Victoria (requisitos y derechos de trámite) contenidos en el TUPA que figura en anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la ordenanza citada; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 242 de la Municipalidad Metropolitana de Lima se ratifican 104 derechos de trámite relacionados a 101 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por la Municipalidad de La Victoria, listados en el Anexo a del Informe Nº 266-181-00000539 del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Servicio de Administración Tributaria de Lima -SAT-; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010-2017A/MLV se modificó el Texto Único Procedimientos Administrativos eliminándose los servicios prestados en exclusividad por la Municipalidad Distrital de La Victoria descritos en los ítems 7.2.15 y 7.2.16 al no contar con opinión favorable. Que, mediante Ordenanza Nº 294-2018/MLV se aprueban los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite vinculados a Licencias de Funcionamiento, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones y Autorizaciones para eventos y/o Espectáculos Públicos, que figura en anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la ordenanza citada; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 623 de la Municipalidad Metropolitana de Lima se ratifican 25 (veinticinco) derechos de trámite relacionados a 25 (veinticinco) procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del Informe Nº 266-181-00000825 del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT; Que, mediante Ordenanza Nº 297-2019/MLV publicada el 01 de febrero de 2019 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF-, la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de La Victoria, siendo modificado con la Ordenanza Nº 311-2019/MLV publicada el 10 de abril del presente año; Que, en ese contexto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorándum Múltiple Nº 0032019-GPP/MLV solicitó a todas las unidades orgánicas la evaluación del TUPA con la finalidad de proponer la actualización, modificación y/o formulación de los procedimientos administrativos brindados en exclusividad de acuerdo a su competencia con el fin de incluirlos en el nuevo TUPA. Que, mediante Informe Nº 017-2019-SGPM-GPP/ MLV la Subgerencia de Planificación y Modernización vierte opinión favorable sobre las propuestas elaboradas por la Oficina de Participación Vecinal, la Subgerencia del Gestión del Riesgo de Desastres, Secretaría General, Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial y la Gerencia de Administración Tributaria ya que no implican la creación de nuevos procedimientos y/o incrementos de derechos de tramitación o requisitos, por lo tanto, no es necesario su ratificación ante la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del SAT; con excepción de lo propuesto por la Secretaría General respecto a los servicios que brinda la Oficina de Asuntos Civiles precisando que esta modificación se llevará a cabo a través de la metodología de costos determinado en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, cuando se implemente la oficina con el responsable y el personal asignado como parte de la adecuación de la Ordenanza Nº 297-2019/ MLV que aprueba el ROF de la Municipalidad, para luego ser remitida al SAT; Que, mediante Informe Nº 181-2019-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que corresponde la actualización del Texto Único de Procedimientos

Administrativos ­ TUPA ­ de la Municipalidad Distrital de La Victoria considerando lo contenido en el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM publicado el 08 de marzo de 2019 donde se aprueban diez (10) procedimientos administrativos estandarizados de licencias de funcionamiento, ello en cumplimiento de lo establecido en el artículo 41º del TUO de la Ley Nº 27444; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico mediante Memorándum Nº 374-2019-GDE/MDLV considera necesario que se modifiquen los procedimientos de otorgamiento de licencias de funcionamiento a cargo de la Subgerencia de Comercialización y Promoción Económica de acuerdo a lo regulado en el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM y que se incluyan las nuevas autorizaciones que con la nueva regulación del comercio ambulatorio en el distrito de La Victoria se creará a cargo de la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados. Que, mediante Informe Nº 060-2019-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto informa sobre la adecuación y estandarización de los procedimientos de otorgamiento de licencias de funcionamiento al Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM que al no implicar la creación de nuevos procedimientos y/o incremento de derechos de tramitación, no requiere de la ratificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, debiéndose aprobar mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 246-2019-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de La Victoria el cual deberá ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía en merito a lo dispuesto en el numeral 44.5 del TUO de la Ley Nº 27444 ya que no implica la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos. Informe que es compartido por la Gerencia Municipal mediante el Proveído Nº 860-2019GM; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Subgerencia de Planificación y Modernización, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal; SE DECRETA: Artículo Primero.- Modificar, por los fundamentos expuestos, el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de La Victoria aprobado mediante Ordenanza Nº 2682017/MLV, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 242 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y aprobado con Ordenanza Nº 294-2018/MLV, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 623 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que en anexo forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a todas las unidades orgánicas a cargo de los procedimientos establecidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de La Victoria de conformidad con sus competencias. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente decreto y su correspondiente anexo en el Diario Oficial El Peruano y en su Portal Web, respectivamente. Así también la publicación en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de La Victoria (www.munilavictoria. gob.pe) y en la Plataforma Digital Única para orientación al Ciudadano del Estado Peruano, en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1785399-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.