Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2019 (05/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
DICE:

Sábado 5 de enero de 2019 /

El Peruano

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1728967-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 002-2018-EF/52 Mediante Oficio Nº 0010-2019-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Viceministerial Nº 0022018-EF/52, publicada en la edición del día 19 de diciembre de 2018. DICE: "RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2018-EF/52" DEBE DECIR: "RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 002-2018-EF/52" 1728489-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 054-2018-EF/52.03 Mediante Oficio Nº 0011-2019-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 054-2018EF/52.03, publicada en la edición del 30 de diciembre de 2018. En la página 61.DICE: "Artículo 3.- Acreditación de titulares y suplentes ante la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y sustitución de los mismos. (...) 3.3 En caso de sustitución de uno o más de los responsables acreditados para el manejo de cuentas de la entidad, los funcionarios indicados en el artículo anterior, proceden de la siguiente manera: (...) c) Conforme a los literales c), d) y e) del párrafo 3.1 del artículo 3 precedente." DEBE DECIR: "Artículo 3.- Acreditación de titulares y suplentes ante la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y sustitución de los mismos. (...) 3.3 En caso de sustitución de uno o más de los responsables acreditados para el manejo de cuentas de la entidad, los funcionarios indicados en el artículo anterior, proceden de la siguiente manera: (...) c. Conforme a los literales c), d) y e) del párrafo 3.2 del artículo 3 precedente." En la página 62.-

"DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.(...) Únicamente durante el mes de enero de 2019, pueden utilizar el procedimiento aprobado por la Resolución Directoral Nº 031-2013-EF/52.03 y sus modificatorias, solo por falta del DNIe, previa comunicación a la DGETP. Segunda.- Las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y las entidades referidas en los literales c), d), e), f) y g) del artículo 2 precedente, continúan utilizando el procedimiento aprobado para el efecto por la Resolución Directoral Nº 031-2013-EF/52.03 y sus modificatorias, durante el primer trimestre de 2019. (...) DEBE DECIR: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.(...) Únicamente durante el mes de enero de 2019, pueden utilizar el procedimiento aprobado por la Resolución Directoral N° 031-2014-EF/52.03 y sus modificatorias, solo por falta del DNIe, previa comunicación a la DGETP. Segunda.- Las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y las entidades referidas en los literales c), d), e), f) y g) del artículo 2 precedente, continúan utilizando el procedimiento aprobado para el efecto por la Resolución Directoral N° 031-2014-EF/52.03 y sus modificatorias, durante el primer trimestre de 2019. (...)" 1728490-1

EDUCACION
Designan Ejecutor Coactivo de la Oficina de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 007-2019-MINEDU Lima, 4 de enero de 2019 VISTOS, el Expediente N° OEC2018-INT-0256152, el Memorándum N° 2197-2018-MINEDU/SG-OGRH, el Oficio N° 179-2018-MINEDU/SG-OGA-OEC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 409-2018-MINEDU se encargaron las funciones de Ejecutor Coactivo de la Oficina de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, el artículo 1 de la Ley N° 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza, establece que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7 de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, dispone que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, conforme a lo señalado en los documentos de Vistos, el cargo de Ejecutor Coactivo ha sido ocupado por concurso público de méritos, en el marco de lo dispuesto