Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2019 (12/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de diciembre de 2019 /

El Peruano

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 KW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: SANTA ANA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Frec. Inicial (MHz) Frec. Final (MHz) Frec. Central (MHz) 482 488 485+1/7 506 512 509+1/7 530 536 533+1/7 554 560 557+1/7 578 584 581+1/7 602 608 605+1/7

Canal 16 20 24 28 32 36

Modifican la R.VM. Nº 335-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de diversas localidades del departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 887-2019-MTC/03 Lima, 5 de diciembre de 2019 VISTO, el Informe N° 3123-2019-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modificatorias, establece en su Primera Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no otorgará nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión basado en la tecnología analógica a partir de la entrada en vigencia de la citada norma, salvo los supuestos de excepción previstos en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, en forma concordante, el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro radioeléctrico, se podrá otorgar, a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, cuando esta decisión promueva el desarrollo del servicio en áreas rurales, de preferente interés social o en zonas de frontera; de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 2732004-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias para la banda de VHF, para diversas localidades del departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 3352005-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en la banda de VHF, para diversas localidades del departamento de Apurímac; Que, con Resolución Ministerial Nº 245-2017MTC/01.03, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 16 de abril de 2017, se aprobaron los criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social para los servicios de radiodifusión; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 3123-2019MTC/28.01, propone la incorporación de la localidad de URANMARCA al Plan de Canalización y Asignación del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Apurímac; y la aprobación del plan de canalización de la localidad de COCHARCAS-SAURAMA

- Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 KW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: SANTA CLARA DE COSME Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Frec. Inicial (MHz) Frec. Final (MHz) Frec. Central (MHz) 494 500 497+1/7 518 524 521+1/7 542 548 545+1/7 566 572 569+1/7 590 596 593+1/7

Canal 18 22 26 30 34

- Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 KW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: SANTIAGO DE QUIRAHUARA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Frec. Inicial (MHz) Frec. Final (MHz) Frec. Central (MHz) 488 494 491+1/7 512 518 515+1/7 536 542 539+1/7 560 566 563+1/7 584 590 587+1/7

Canal 17 21 25 29 33

- Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 KW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: YAULI Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Frec. Inicial (MHz) Frec. Final (MHz) Frec. Central (MHz) 476 482 479+1/7 524 530 527+1/7 548 554 551+1/7 572 578 575+1/7 596 602 599+1/7

Canal 15 23 27 31 35

- Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 KW. - La máxima altura de centro de radiación en esta localidad es 3600 m.s.n.m. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica

Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1835501-1