Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2019 (08/12/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

29

autoridades competentes, la reclasificación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial, con la finalidad de permitir que una vía que tenga una clasificación, según el Clasificador de Rutas, pueda ser reclasificada para mejorar sus características físicas y operativas por la autoridad que, actualmente, no tiene competencia sobre ella, para lo cual debe acreditar que cuenta con recursos presupuestales para realizar proyectos viales sobre la misma; señalando que la reclasificación temporal tendrá vigencia hasta la conclusión de los proyectos viales que ejecuten las autoridades competentes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC, se aprueba la actualización del Clasificador de Rutas del SINAC, el cual comprende las Rutas de la Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y la Red Vial Vecinal o Rural; Que, asimismo, a través de los Oficios Nos. 270 y 5842019-GOB.REG.CAJAMARCA, el Gobierno Regional de Cajamarca solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobar la reclasificación temporal de las Rutas Vecinales o Rurales Nos. CA-824, CA-825, CA-827, CA-837, CA-691 y CA-693 como Rutas Departamentales o Regionales, para la ejecución del proyecto de inversión de la red alimentadora de los corredores logísticos, el cual permitirá contribuir con el desarrollo sostenible e integración social en la Región de Cajamarca, señalando que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; además, remite los Oficios Nos. 105-2019-MDP/A; 129-2019-MDQ/A; 55-2019-MDH/A; y, 062 y 145-2019-MDQ/A, a través de los cuales los Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Pucará, Querocoto, Huambos y Querocotillo, respectivamente, inician el trámite de reclasificación de ruta temporal; así como, los Oficios Nos. 491-2019-MPJ/A; 189 y 204-2019/ MPCH/A; y, 287, 304 y 672-2019/MPC/A, mediante los cuales, los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de Jaén, Chota y Cutervo, respectivamente, otorgan su conformidad para proceder con el trámite correspondiente; Que, con Oficio Nº 357-2019-GOB.REG.CAJAMARCA, el Gobierno Regional de Cajamarca solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobar la reclasificación definitiva de la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-898 como Ruta Departamental o Regional, a fin que forme parte de la actualización de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-105; asimismo, remite el Oficio Nº 321-2019/MPCH/A, a través del cual el Alcalde la Municipalidad Provincial de Chota otorga su conformidad para el trámite respectivo; Que, mediante Oficio Nº 499-2019-MPCH/A, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chota solicita dar por concluida la reclasificación temporal de la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-821, dispuesta por Resolución Ministerial Nº 518-2015-MTC/01.02, la misma que retoma su condición como Rutas Departamentales o Regionales Nos. CA-105 y CA-107 de la Red Vial del departamento de Cajamarca; Que, mediante Memorándum Nº 6995-2019-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes brinda su conformidad y remite el Informe Nº 157-2019-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la citada Dirección General, señalando que la reclasificación temporal solicitada, permitirá priorizar la inversión en redes viales a través de corredores que permitan interconectar la Ruta Nacional (PE-3N, PE-06 A) y la Ruta Departamental o Regional Nº LA103, dotándolas de una infraestructura vial uniforme y desarrollada en todo su recorrido, lo cual reducirá el tiempo utilizado por los vehículos de pasajeros y carga en su desplazamiento, así como, contribuirá en dinamizar la actividad comercial y agrícola, a través del enlace entre los centros de producción y acopio de la zona; por lo que, concluye que es procedente disponer la reclasificación temporal como Rutas Departamentales o Regionales de las Rutas Vecinales o Rurales indicadas por el Gobierno Regional de Cajamarca, de acuerdo al siguiente detalle: (a) Ruta Vecinal o Rural Nº CA-691: Trayectoria: Emp. PE3N (Pucará) - Las Caboyas - Huamachuco - La Laguna y la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-693: Trayectoria: Emp. CA-691 (La Laguna) - L.D. Lambayeque, las cuales conformarán un nuevo eje de Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº CA-113, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3N (Pucará) - Las Caboyas - Huamachuco - La Laguna - L.D. Lambayeque;

(b) Ruta Vecinal o Rural Nº CA-824: Trayectoria: Emp. PE-3N - Huanca - Molino - Sillangate - Emp. 825 (Dv. Moreno), la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-825: Tramo I: Dv. Moreno - Dv. Querocotillo y la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-827: Trayectoria: Emp. PE-06 A (Yanacuna) Querecoto - Emp. CA-825 (Dv. Querocotillo), las cuales conformarán un nuevo eje de Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº CA-114, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3N - Huanca - Molino -Sillangate - Dv. Moreno - Dv. Querocotillo Querocoto - Emp. PE-06 A (Yanacuna); (c) Ruta Vecinal o Rural Nº CA-825: Tramo II: Emp. PE-3N (Cutervo) Emp. CA-824 (Dv. Moreno), la cual conformará un nuevo eje de Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº CA-115, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3N (Cutervo) - Emp. CA-114 (Dv. Moreno); y, (d) Ruta Vecinal o Rural Nº CA-837: Trayectoria: Emp. PE-3N - Emp. CA-105, la cual conformará un nuevo eje de Ruta Departamental o Regional, asignándole el Código Temporal Nº CA-116, con la siguiente trayectoria: Emp. PE-3N - Emp. CA-105. Asimismo, indica que la reclasificación temporal de las rutas tendrá vigencia hasta la culminación de las intervenciones que realicen las autoridades competentes, lo cual deberá ser informado por el Gobierno Regional de Cajamarca, a fin de tramitar la conclusión de la reclasificación temporal de las rutas; Que, en el Informe Nº 157-2019-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes se dispone la clasificación de la carretera: Shitapampa - Emp. CA-105 y la reclasificación definitiva de la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-898: Tramo: Emp. CA-105-Shitapampa, con la finalidad de permitir la interconexión vial, por lo que pasarán a formar parte de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-105, que adoptará la siguiente trayectoria: Emp. PE-3N (Cutervo) - Chiguirip - Conchán - La Palma Chota - Abra Samangay - Emp. PE-3N (Dv. Chota); Que, asimismo, en el citado Informe se señala que corresponde dar por concluida la reclasificación temporal de la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-821: Trayectoria: Emp. PE-3N (Chota) - La Palma - Conga El Verde - Chalamarca - Chontabamba - Paccha, dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 518-2015-MTC/01.02, a fin que los tramos de esta vía retomen su condición original como Ruta Departamental o Regional Nos. CA-105 y CA-107 de la Red Vial del departamento de Cajamarca; Que, en consecuencia, es necesario: (a) Reclasificar temporalmente las Rutas Vecinales o Rurales Nos. CA-691, CA693, CA-824, CA-825, CA-827 y CA-837 en las trayectorias y tramos antes descritos, como Rutas Departamentales o Regionales; (b) Clasificar la carretera: Shitapampa - Emp. CA-105 y reclasificar definitivamente la Ruta Vecinal o Rural Nº CA-898: Tramo: Emp. CA-105-Shitapampa, las cuales formarán parte de la Ruta Departamental o Regional Nº CA-105, que adoptará la siguiente trayectoria: Emp. PE-3N (Cutervo) - Chiguirip - Conchán - La Palma - Chota - Abra Samangay - Emp. PE-3N (Dv. Chota); y (c) Dar por concluida la reclasificación temporal de la Ruta Vecinal o Rural Nº CA821: Trayectoria: Emp. PE-3N (Chota) - La Palma - Conga El Verde - Chalamarca - Chontabamba - Paccha, a fin que los tramos de esta vía retomen su condición original como Ruta Departamental o Regional Nos. CA-105 y CA-107; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01; el Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; el Decreto Supremo Nº 0122013-MTC, que aprueba la actualización del Clasificador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasificador; y, el Decreto Supremo Nº 011-2016-MTC, que aprueba la actualización del Clasificador de Rutas del SINAC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reclasificación Temporal como Rutas Departamentales o Regionales de la Red Vial del Departamento de Cajamarca