Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2018 (05/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Martes 5 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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como parte de la META 21"Implementación de un Sistema Integrado de Manejo de Residuos Sólidos Municipales", siendo una de estas la Actividad 2: Segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos inorgánicos dividiéndose a su vez en la Sub Actividad 2.1 Planificación de la Segregación en la fuente y recolección selectiva que incluye: actualizar el Plan Anual de Segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos inorgánicos municipales de acuerdo a las metas establecidas en el Anexo Nº 01; estableciéndose que las Municipalidades deberán remitir hasta el último día hábil del mes de abril del 2018 al correo electrónico: incentivos.reisudos@minam.gob. pe, los siguientes documentos debidamente firmados y en formato digital: ii. Plan Anual de la Segregación en la Fuente y Recolección selectiva de residuos sólidos municipales; Que, en consecuencia, y de acuerdo a lo mencionado por la Sub Gerencia de Limpieza Municipal, Medio Ambiente y Cuidado de Áreas Verdes, Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Municipales se requiere la aprobación de un nuevo Decreto de Alcaldía que aprueba la Actualización del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Inorgánicos Municipales del Distrito de Mala - 2018; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Inorgánicos Municipales del Distrito - Mala 2018. Artículo Segundo.- DERÓGUESE el Decreto Alcaldía Nº 002-2017-MDM de fecha 17 de abril del 2017. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Limpieza Municipal, Medio Ambiente y Cuidado de Áreas Verdes, Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Municipales, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, la publicación del "Programa de Segregación y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Inorgánicos Municipales del Distrito ­ Mala 2018" en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro www.munimala.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROSALI PALERMO FIGUEROA GUTIÉRREZ Alcalde 1655419-1

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, acorde a lo previsto en la Novena, Décima y Undécima Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, los procedimientos administrativos disciplinarios se tramitan en las Entidades Públicas de conformidad con lo indicado en la citada ley y sus normas reglamentarias, a partir de su vigencia, entre otros aspectos a considerarse según lo señalado en el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, según la Undécima Disposición Complementaria Transitoria del referido Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, el título correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador entra en vigencia a los tres (3) meses de publicado dicho reglamento con el fin que las entidades se adecuen internamente al procedimiento; asimismo, aquellos procedimientos disciplinarios que fueron instaurados con fecha anterior a la entrada en vigencia del régimen disciplinario de la Ley Nº 30057, se regirán por las normas por las cuales se les imputó responsabilidad administrativa hasta su terminación en segunda instancia administrativa; Que, de acuerdo con la normatividad citada, la Subgerencia de Recursos Humanos, según Informes Nº 306-2018-SGRRHH-GAF/MM, propone el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Mala, al amparo de lo regulado en los citados dispositivos aplicables; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye, en el Informe Legal Nº 240-2018-GAJ/MM, con opinión favorable respecto a la aprobación, mediante decreto de alcaldía, del reglamento referido en líneas precedentes; Que, en ese sentido es oportuno mencionar, en aplicación a lo indicado en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, entre otros; de modo que, deberá publicarse el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Mala, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la ley en referencia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Mala, el mismo que como anexo adjunto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y a la Oficina de Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.munimala.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. ROSALI PALERMO FIGUEROA GUTIÉRREZ Alcalde 1655411-1

Aprueban el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2018-MDM Mala, 21 de mayo de 2018 VISTO: El Informe Nº 306-2018-SGRRHH/GAF/MDM, de la Gerencia de Limpieza Municipal, Medio Ambiente y Cuidado de Áreas Verdes, Informe Nº 00451-2018-GDESM-MDM, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Municipales, Informe Nº 185-2018-MDM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,