Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2018 (03/07/2018)
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NORMAS LEGALES
Martes 3 de julio de 2018 /
El Peruano
Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nro. 30220, al Rectorado y al Consejo Universitario. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Prof. Leoncio Barrenechea Montesinos, Director de la Tuna Universitaria de la UNSA, para que, en comisión de servicios, y en Representación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, participe en el XXII CERTAMEN INTERNACIONAL DE TUNAS "BARRIO DEL CARMEN" a realizarse en la Ciudad de Murcia España, del 02 de julio al 12 de julio del 2018. Segundo.- Autorizar a la Oficina de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor de la mencionada autoridad, la Certificación del Crédito Presupuestal CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, según el siguiente detalle: Pasajes aéreos: Arequipa-Lima-Madrid-LimaArequipa Vía Terrestre (Madrid-Murcia-Madrid) S/ 4858.92 Soles Del 02 al 12 de julio de 2018 Seguro de viaje : S/. 98.20 Soles Viáticos 10 días : S/. 15,901.92 Soles Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado Director informará sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SANCHEZ SANCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1664614-1
establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico; Que, mediante Resolución Nº 3478-CU-2018 de fecha 13 de marzo 2018, se resuelve otorgar a la Dra. Clara Raquel Espinoza Silva, la licencia con goce de remuneraciones para participar como ponente en la ICFTA 2018 20th International conference on Food Technology and agricultural engineering-Tokio, Japón del 25 de mayo al 01 de junio 2018; Que, en Consejo de Facultad del 18 de diciembre 2017, se acordó por unanimidad conceder el apoyo económico, pasajes aéreos y terrestres e inscripción para participar como ponente al ICFTA en Tokio, Japón, 20th International conference on Food Technology and agricultural engineering, a la Dra. Clara Raquel Espinoza Silva, a realizarse del 28 al 29 de mayo 2018, con cargo al proyecto "Citotoxicidad del isotiocianato de bencilo del tropaeolum majus L. expuestas a microgravedad evaluadas en líneas tumorales de mama"; por la suma de S/ 8,670.00; Que, a través del Oficio Nº 338-2018-OPRES/UNCP presentado el 21 de febrero 2018, el Jefe de la Oficina de Presupuesto refiere que siendo necesario otorgar certificación de crédito presupuestario para desarrollar el proyecto de investigación "Citotoxicidad del isotiocianato de bencilo del tropaeolum majus L. expuestas a microgravedad evaluadas en líneas tumorales de mama", recomienda autorizar el registro de la certificación a la Unidad de Ejecución Presupuestal, indicando la fuente de financiamiento; y De conformidad al Artículo 30º inciso u) del Estatuto de la Universidad y al acuerdo de Consejo Universitario del 19 de marzo 2018; RESUELVE: 1º OTORGAR a favor de la Dra. Clara Raquel Espinoza Silva, la subvención económica, conforme al siguiente detalle:
FUENTE FINANCIAMIENTO DONACIONES Y TRANSFERENCIAS TIPO A 10 CLASIFICADOR MONTO S/ 5,100.00 1,895.00 1,875.00
META
RESPONSABLE
Otorgan a docente de la Universidad Nacional del Centro del Perú subvención económica
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 3587-CU-2018 Huancayo, 23 de marzo de 2018 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el Oficio Nº 0029-2017-D-FAIIA/UNCP presentado el 18 de enero 2018, a través del cual el Decano de la Facultad de Ingeniería en Industrias Alimentarias, solicita apoyo económico para asistir como ponente al ICFTAE 2018 a la Dra. Clara Espinoza Silva. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, establece cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Artículo 8º Autonomía Universitaria, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo
CLARA RAQUEL 2.3.2.1.1.1 ESPINOZA SILVA 2.3.2.1.1.2 RESPONSABLE PROYECTO 2.3.2.7.3.1 "Citotoxicidad del isotiocianato de bencilo del tropaeolum majus L. expuestas a microgravedad evaluadas en líneas tumorales de mama" TOTAL
8,670.00
2º ENCOMENDAR la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, por la Dirección General de Administración. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a través de las oficinas generales, oficinas y unidades correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1664492-1