Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2017 (11/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 11 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Designan Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad del COFOPRI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 063-2017-COFOPRI/DE Lima, 10 de marzo de 2017 VISTA: la carta s/n de fecha 10 de febrero de 2017, presentada por el señor Juan Antonio Pacheco Romaní, Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Artículo 1 de dicha Ley; Que, de conformidad con el artículo 9, concordado con el literal i) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, la de designar y cesar a los empleados de confianza, de conformidad con la legislación vigente; Que, el artículo 85 del citado Reglamento establece que el Tribunal Administrativo de la Propiedad, es la segunda y última instancia administrativa en materia funcional, integrado por cinco (05) vocales titulares, además de dos (02) vocales suplentes, designados por el Director Ejecutivo, por períodos de tres (03) años consecutivos y renovables; Que, mediante Resolución Directoral N° 104-2015-COFOPRI/DE del 04 de setiembre de 2015, se designó al señor Juan Antonio Pacheco Romaní como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, por un período de tres (03) años; Que, mediante el documento de vista, el señor Juan Antonio Pacheco Romaní presentó su renuncia al cargo que venía desempeñando, razón por la cual resulta necesario designar a un nuevo Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI, de modo que integre dicho órgano colegiado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA y con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Juan Antonio Pacheco Romaní como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Ruth Silvana Castro Velarde, como Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, por un periodo de tres (03) años, de acuerdo a las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución. Artículo Tercero.- Notificar la presente Resolución a los órganos estructurados de COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QUILCATE TIRADO Director Ejecutivo 1495914-1

CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Designan funcionario responsable de registrar y actualizar información del Portal Nacional de Datos Abiertos y constituyen Equipo Técnico encargado de implementar los datos abiertos de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 021-2017-PERÚ COMPRAS Lima, 9 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N° 065-2017-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las Compras Corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las Compras Corporativas facultativas que le encarguen otras Entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras Entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Convenios Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa; Que, mediante el Decreto Supremo N° 016-2017-PCM se aprueba la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales 2017 - 2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", los mismos que tienen como finalidad promover la apertura de datos de la información de las Entidades previstas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la innovación en la generación de valor público con la reutilización de los datos abiertos para la creación de nuevos productos y servicios con el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC), para el desarrollo social y económico, y cuya implementación tiene como objeto mejorar la prestación de los servicios públicos que el Estado brinda a la ciudadanía, como parte del proceso de modernización de la gestión pública, promoviendo la colaboración y la participación ciudadana en el marco de un Gobierno Abierto; Que, el artículo 6 del Decreto Supremo N° 016-2017PCM, en adelante el "Decreto Supremo", crea el Portal Nacional de Datos Abiertos como sistema informático que facilita el acceso al Catálogo Nacional de los Datos Abiertos de la Administración Pública, cuya administración está a cargo de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; Que, el artículo 7 del Decreto Supremo establece que las Entidades públicas que cuenten con Datos Abiertos deben efectuar su registro en el Portal Nacional de Datos Abiertos, adecuándose a la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales 2017-2021" y al "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", en lo que corresponda; Que, asimismo, el indicado artículo precisa que el Portal Nacional de Datos Abiertos puede ser complementado con otras fuentes de información en datos abiertos proporcionados por la ciudadanía, de organizaciones de la sociedad civil, del sector privado, la academia y de organismos cooperantes, para contribuir