Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2017 (11/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 11 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, a través de la Ley Nº 29806, se regula la contratación de profesionales altamente calificados para ocupar puestos en entidades públicas del Poder Ejecutivo, bajo los principios de mérito y transparencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29806, estableciendo en su artículo 7 que los sectores que soliciten la contratación de personal altamente calificado, deben contar con un procedimiento de selección de candidatos a ser contratados bajo esta modalidad; Que, en atención a las modificaciones efectuadas a la Ley Nº 29806 y su Reglamento, mediante el Decreto Legislativo Nº 1334 y el Decreto Supremo Nº 021-2017EF, respectivamente; así como, a las opiniones emitidas por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Modernización a través de los Informes Nos. 072-2017/MIDIS/SG/OGPPM y 29-2017-MIDIS/SG/OGPPM/OM, respectivamente; se estima conveniente aprobar una nueva Directiva a fin de garantizar el cumplimiento de los principios de mérito y transparencia, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada puesto en los documentos de gestión y en esa medida, derogar la Resolución Ministerial Nº 124-2014-MIDIS, que aprobó la Directiva Nº 002-2014-MIDIS: "Procedimiento para la selección de candidatos a ser contratados bajo la modalidad de contratación de personal altamente calificado en el Sector de Desarrollo e Inclusión Social"; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, así como sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 002-2017-MIDIS: "Disposiciones para la Contratación de Personal Altamente Calificado en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 124-2014-MIDIS, que aprobó la Directiva Nº 002-2014-MIDIS: "Procedimiento para la selección de candidatos a ser contratados bajo la modalidad de contratación de personal altamente calificado en el Sector de Desarrollo e Inclusión Social". Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de la Directiva aprobada en el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), siendo responsable de dicha acción la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1495864-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 050-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00) para el financiamiento de las intervenciones de educación básica priorizadas para el ejercicio fiscal 2017 por el Ministerio de Educación, así como para el financiamiento de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura de los Programas Presupuestales "Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular", "Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular", "Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico-productiva" y "Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria", así como Acciones Centrales; Que, asimismo, el citado artículo señala que los recursos a los que se hace referencia en el considerando precedente serán transferidos a los pliegos Gobiernos Regionales previo cumplimiento de compromisos de desempeño durante el año escolar para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula. Dichos compromisos, lineamientos y requisitos estarán definidos mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación y se encontrarán relacionados, entre otros, con las acciones detalladas en dicho artículo. Adicionalmente, señala que los referidos recursos, en lo que corresponda, son transferidos hasta el 31 de julio del año fiscal 2017, según cronograma y disposiciones que establezca el Ministerio de Educación para tal fin. Asimismo, señala que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de ésta última, siendo que se exceptúa al Ministerio de Educación de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en dicho marco legal, mediante Resolución Ministerial Nº 695-2016-MINEDU, se aprueba la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017", modificada por Resolución Ministerial Nº 112-2017-MINEDU, cuyo objetivo general es establecer los Compromisos de Desempeño 2017 para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula; así como los lineamientos y requisitos para su implementación y cumplimiento, en el marco de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. En total se han definido veinte (20) Compromisos de Desempeño, los cuales están estructurados en cuatro (4) tramos; precisándose que para acceder a los recursos a los que se refiere el citado artículo, cada Gerencia Regional de Educación-GRE/Dirección Regional de Educación - DRE, Unidad Ejecutora de Educación y/o Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL, según corresponda, deberá cumplir total o parcialmente la meta establecida en los Compromisos de Desempeño que le correspondan hasta la fecha de cierre de cada tramo; Que, mediante Informe Nº 0002-2017-MINEDU/SPEOPEP-UFD, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, informa el cumplimiento del Tramo I de los Compromisos de Desempeño, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 695-2016-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial Nº 112-2017-MINEDU y el artículo 25 de la Ley Nº 30518; asimismo, determina el monto a transferir a los Gobiernos Regionales que asciende a la suma de VEINTISEIS MILLONES CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES (S/ 26 051 813,00); Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 139-2017-MINEDU/