Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2017 (29/06/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 120
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NORMAS LEGALES
Jueves 29 de junio de 2017 /
El Peruano
confiable, predecible y de bajo costo; y otorgándole la información requerida en forma oportuna; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fin de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, mediante Informe Nº 1010-2017-MDP/GPP, de fecha 04 de Mayo del 2017, la Gerencia de Planificación y Presupuesto señala que se han sistematizado los servicios No exclusivos, en coordinación con las Unidades Orgánicas prestadoras de los mismos, así como sus requisitos y tarifas, permitiendo a la ciudadanía mejorar el acceso a dichos servicios, y solicita la emisión del dispositivo legal correspondiente; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 20º, numeral 6) y 43º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; y con la visación Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto y Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Paracas, el cual contiene un total de treinta y siete servicios, cuyo detalle se adjunta en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, según sus competencias, se encarguen del estricto cumplimiento de lo previsto en el instrumento normativo aprobado, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Secretaría General la notificación y distribución de la presente Resolución, y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE al Jefe de la Subgerencia de Sistemas y Soporte Tecnológico, cumpla con publicar el TUSNE en el portal institucional www. muniparacas.gob.pe Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL CASTILLO OLIDEN Alcalde 1537875-6
local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el Artículo 9º, numeral 11) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde y cualquier otro funcionario; por lo que la autorización deberá ser aprobada por el Concejo Municipal. Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su Artículo 2º establece que "la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente en el interés nacional o en el interés específico de la institución. Que, el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala: "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional". Estando a lo expuesto, con el uso de las facultades conferidas por el Inciso 11) del Artículo 9º y Artículo 17º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal Distrital de Pichanaqui, en Sesión Extra Ordinaria de Concejo Nº 012-2017 de fecha 22 de Junio del 2017, por unanimidad; ACORDÓ: Primero.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad de París Francia, del 27 al 29 de Junio 2017, al Econ. Zósimo Cárdenas Muje, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pichanaqui, a fin de participar en la Invitación de la ONG Agencia para la Valorización de los Productos agrícolas A.V.P.A, a la ceremonia de entrega de medallas y diplomas a los laureados del Concurso tendrá lugar en los Salones de la Embajada del Perú en París Francia el próximo miércoles 28 de Junio del 2017 de acuerdo a los fundamentos expuestos. Segundo.- AUTORIZAR los gastos por concepto de viáticos conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y D.S. Nº 056-2013-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización al Exterior de servidores y funcionarios públicos, de acuerdo al siguiente detalle:
DESCRIPCIÓN Viáticos 27-29 CANP. $- TIDAD 2 $2 502.00 950.00 P.U S/ 250.00 P.TOTAL 500.00
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHANAQUI
Autorizan viaje de Alcalde a Francia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 071-2017-MDP Pichanaqui, 22 de junio, 2017 VISTOS: En Sesión Extra Ordinaria de Concejo Nº 012-2017 de fecha 22 de junio de 2017, la Carta de Invitación de registro Nº 5524-2017 e Informe Nº 2532017-GDE/MDP, mediante la cual, cursan invitación al Sr. Alcalde a Paris Francia para participar en la ceremonia de entrega de medallas y diplomas a los laureados del Concurso tendrá lugar en los Salones de la Embajada del Perú en París Francia el próximo miércoles 28 de Junio del 2017. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala: Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno
Pasaje aéreo Lima Francia Ida y 1 vuelta Gasto de seminario Otros imprevistos TOTAL 1 1
8,181.75 8,181.75 3,610.10 3 610.10 3,490.00 3,490.00 15 781.85
Tercero.- ENCARGAR a partir del día 27 al 29 de Junio 2017, el despacho de Alcaldía a la Srta. Regidora Celia Olinda Laimes Aguilar, con facultades y atribuciones inherentes a su cargo. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Secretaria General el fiel cumplimiento del presente Acuerdo. Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Alcalde 1537262-1