Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2017 (20/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 20 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO

de fecha 18 de julio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:

PRESIDENCIA DEL CONSEJO MINISTROS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 078-2017-PCM Mediante Oficio Nº 965-2017-DP/SCM la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 078-2017-PCM, publicado en edición extraordinaria del día 19 de julio de 2017. - En el título DICE: "DECLARAN ESTADO DE EMERGENCIA EN EL DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMÁN DEL DEPARTAMENTO DE PUNO, Y EN DISTRITOS DE LAS PROVINCIAS DEL CUSCO Y URUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DEL CUSCO" DEBE DECIR: "DECLARAN ESTADO DE EMERGENCIA EN EL DISTRITO DE JULIACA, PROVINCIA DE SAN ROMÁN DEL DEPARTAMENTO DE PUNO, Y EN DISTRITOS DE LA PROVINCIA DEL CUSCO DEL DEPARTAMENTO DEL CUSCO" - En la parte resolutiva DICE: "Artículo 1.- Declaración de Estado de Emergencia Declarar por el término de treinta (30) días calendario el Estado de Emergencia en el distrito de Juliaca, provincia de San Román del departamento de Puno; en los distritos de Wanchaq, San Sebastián y Cusco de la provincia del Cusco, y en los distritos de Machupicchu y Ollantaytambo de la provincia de Urubamba del departamento del Cusco (...)" DEBE DECIR: "Artículo 1.- Declaración de Estado de Emergencia Declarar por el término de treinta (30) días calendario el Estado de Emergencia en el distrito de Juliaca, provincia de San Román del departamento de Puno; en los distritos de Wanchaq y San Sebastián de la provincia del Cusco del departamento del Cusco (...)" 1546371-1

INTERIOR
Autorizan viaje de Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú a México, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 701-2017-IN Lima, 20 de julio de 2017 VISTOS; la Carta con Referencia Reg. Salida: 34RS2552017, de fecha 25 de mayo de 2017, de la Secretaría del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía ­ IBERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 228-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de junio de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 001089-2017/IN/OGAJ,

Que, mediante Carta con Referencia Reg. Salida: 34RS2552017, de fecha 25 de mayo de 2017, la Secretaría del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía ­ IBERPOL extiende invitación formal a la Policía Nacional del Perú, miembro de la Escuela IBERPOL, a fin que dicha Institución Policial designe a un representante para que participe en el "Diplomado en Hechos de Tránsito y Seguridad Vial ­ Escuela IBERPOL", organizado por la Policía Federal de México, a llevarse a cabo del 24 de julio al 25 de agosto de 2017, en la Academia Superior de la Policía Federal de México, ubicada en el Estado de San Luis Potosí ­ Estados Unidos Mexicanos; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 228-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de junio de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, de la Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Dora Esther Toledo Del Mazo, propuesta por la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el diplomado antes citado, a realizarse en el Estado de San Luis Potosí ­ Estados Unidos Mexicanos, del 23 julio al 26 de agosto de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho diplomado tiene como objetivo dotar a sus participantes de conocimientos y habilidades necesarias para llevar a cabo la investigación y reconstrucción de un accidente de tránsito en vías de comunicación terrestre, a fin de fortalecer la seguridad vial y prevenir siniestros; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el diplomado indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de actividad formativa, hospedaje, manutención y transportes internos, son asumidos por la Policía Federal de México, conforme lo precisa la Carta con Referencia Reg. Salida: 34RS2552017, de fecha 25 de mayo de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 3933-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 23 de junio de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior