Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2017 (29/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de abril de 2017 /

El Peruano

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 491-2017-DE/SG Jesús Maria, 26 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 150, del 05 de abril de 2017, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al país a diez (10) militares de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio NC-125-SGFA-DIFA-Nº 1463, del 18 de abril de 2017, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 15 al 19 de mayo de 2017, con la finalidad de participar en un Intercambio de Expertos en coordinación y planificación, con miembros de la Dirección de Sanidad del Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Fuerza Aérea del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856 Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a diez (10) militares de los Estados Unidos de América, del 15 al 19 de mayo de 2017, con la finalidad de participar en un Intercambio de Expertos en coordinación y planificación, con miembros de la Dirección de Sanidad del Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo previsto en la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1513963-1

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú al Reino de los Países Bajos, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 500-2017 DE/MGP Lima, 26 de abril de 2017 Vista, la Carta G.500-1288 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 16 de marzo de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 1 de febrero de 2017, de la Oficina de Admisión de la Facultad de Ciencias de Geo-Información y Observación de la Tierra de la Universidad de Twente, hace de conocimiento a la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, que el Teniente Segundo Gerardo Martín MACEDO Rodríguez, ha sido académicamente aceptado para que participe en la Maestría del Curso para el Grado de Ciencias de la Geo-Información y Observación de la Tierra a través de la Geo-Informática, a realizarse en la Universidad de Twente, ciudad de Enschede, Reino de los Países Bajos, del 18 de setiembre de 2017 al 22 de marzo de 2019; Que, con Oficio P.200-2285 de fecha 5 de diciembre de 2016, el Director de Hidrografía y Navegación designa al Teniente Segundo Gerardo Martín MACEDO Rodríguez, para que participe en la maestría mencionada en el considerando precedente; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá efectuar de manera eficiente la evaluación de infraestructuras costeras y portuarias, estudio del clima marítimo, desarrollo y aplicación de modelos hidrodinámicos específicos del ámbito costero, análisis multitemporales, caracterización de costas, entre otros importantes proyectos; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 18 de setiembre al 31 de diciembre de 2017, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero de 2018 al 22 de marzo de 2019, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, de acuerdo con el documento Nº 032-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y Gastos de Traslado, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación, sin que