Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2017 (07/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 7 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Encargan Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, a Jueza Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 162-2017-P-CSJV/PJ Ventanilla, cinco de abril de dos mil diecisiete VISTOS: Resolución Administrativa N° 243-2015-CEPJ, Resolución Administrativa N° 020-2017-P-CSJV/PJ; Resolución Administrativa N° 161-2017-P-CSJV/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Resolución Administrativa N° 020-2017-P-CSJV/PJ de fecha 18 de enero de 2017, la Presidencia del Distrito Judicial de Ventanilla oficializa el acuerdo de Sala Plena de fecha 18 de enero de 2017, que aprueba la propuesta de conformación de la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas, así como la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial para el año judicial 2017; en ese sentido, se designó a la señora doctora Elicea Inés Zúñiga Herrera de Legua, Responsable de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario, y al señor doctor Walter Eduardo Campos Murillo como Responsable de la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas. Segundo: Mediante Resolución Administrativa Nº 161-2017-P-CSJV/PJ de fecha 04 de abril de 2017, se dispone encargar la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Distrito Judicial de Ventanilla, al señor doctor Walter Eduardo Campos Murillo, Responsable de la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas, por el periodo del 05 al 12 de abril del presente año. Tercero: Con fecha 05 de abril del presente año, el señor doctor Walter Eduardo Campos Murillo, en su calidad de Juez Superior integrante de la Sala Superior Mixta y Responsable de la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas de la ODECMA de esta Corte Superior de Justicia, comunicó mediante correo institucional a la Presidencia, su descanso médico por motivo de salud por el periodo del 05 al 12 de abril del 2017, adjuntando el respectivo documento en forma digital que regularizará al término de su licencia. Cuarto: El artículo 36° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2015-CE-PJ indica textualmente que "cuando se produzca el impedimento del Jefe de la ODECMA asumirá el responsable de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y en caso de impedimento de éste asume el responsable de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial o viceversa"; por lo que, en atención a la licencia por motivos de salud presentada por el señor doctor Walter Eduardo Campos Murillo, a quien le correspondería encargarse de la Jefatura de la ODECMA de Ventanilla, resulta necesario designar al Juez Superior a cargo de la Jefatura de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, a efecto de que se encargue de la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, por los días 05 al 12 de abril de 2017. Por lo antes expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, a la señora doctora Elicea Inés Zúñiga Herrera de Legua, Jueza Superior Titular de este Distrito Judicial,

por los días 05 al 12 de abril de 2017, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidenta de la Sala Laboral Permanente del Distrito Judicial de Ventanilla. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y de los Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1505985-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban el Informe Defensorial N° 176 "Planes Sectoriales Anticorrupción: Recomendaciones para mejorar su formulación. Estudio de casos en dieciséis ministerios del Poder Ejecutivo 2013 - 2016"
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N°006-2017/DP Lima, 6 de abril del 2017 VISTO: El Informe Defensorial N° 176, denominado: «Planes Sectoriales Anticorrupción: Recomendaciones para mejorar su formulación. Estudio de casos en dieciséis ministerios del Poder Ejecutivo 2013 - 2016», elaborado por el Programa de Ética Pública, Prevención de la Corrupción y Políticas Públicas de la Adjuntía para la Prevención de los Conflictos Sociales y la Gobernabilidad de la Defensoría del Pueblo. CONSIDERANDO: Primero.- Que son atribuciones de la Defensoría del Pueblo, de acuerdo con su mandato constitucional, defender los derechos fundamentales de la persona y la comunidad, supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la adecuada prestación de los servicios públicos a la ciudadanía. En el marco de estas competencias, resulta de especial interés diagnosticar la implementación de la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo en lo que respecta al proceso de elaboración, y de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes sectoriales anticorrupción. Segundo.- Que el informe contiene un balance sobre la implementación de planes sectoriales anticorrupción en dieciséis ministerios del Poder Ejecutivo, resaltando los aspectos positivos y negativos más importantes en los procesos de elaboración, y de seguimiento, monitoreo y evaluación. Para esto, se realizaron entrevistas a profundidad con funcionarios de cada uno de los ministerios, también se requirió información complementaria y se revisaron los planes anticorrupción de cada sector. Finalmente, se hizo una mesa de trabajo con los mismos funcionarios para recoger sus impresiones sobre los resultados, las conclusiones y recomendaciones que se presentan en el informe. El informe da cuenta de que a pesar de los esfuerzos realizados para implementar políticas anticorrupción eficaces, existen deficiencias en los procesos de elaboración, y de seguimiento, monitoreo y evaluación