Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2016 (05/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 5 de febrero de 2016 /

El Peruano

29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones; Decreto Supremo Nº 014-2015-VIVIENDA, publicado el 28.08.2015, que modifica el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Decreto Legislativo Nº 1225, publicado con fecha 25.09.2015, Decreto que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones; Resolución Ministerial Nº 326-2015-VIVIENDA, aprueba los formatos relativos a los procedimientos de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación, publicado con fecha 05.12.2015; Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, publicado con fecha 11 de Julio de 2014; Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, publicado con fecha 10.12.2015, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Decreto Supremo Nº 397-2015-EF, publicado con fecha 24.12.2015, que aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2016; Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala en su numeral 36.1 que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad regional, Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas conforme a la Constitución, según su naturaleza, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el TUPA aprobado para cada entidad; Que, en ese sentido el artículo 37º de la norma precitada, indica que el TUPA comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario Oficial, así como la calificación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática, entre otros; Que, por su parte el numeral 38.1 del artículo 38º de la norma en mención, indica que el TUPA es aprobado por Ordenanza Municipal en el caso de Gobiernos Locales, y que luego de ello, conforme al numeral 38.5, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1 antes citado, es decir mediante Ordenanza, como es el caso de la presente modificatoria, efectuándose la publicación respectiva; Que, en este contexto, de acuerdo con la normatividad señalada, resulta necesario modificar el TUPA vigente de la Municipalidad de San Isidro, adecuando la denominación de los procedimientos, incorporación de procedimientos, base legal, requisitos, calificación, formularios, plazos, autoridad competente para resolver e instancias de resolución de recursos y otros, en beneficio de los administrados; Que, de conformidad con lo opinado por la Gerencia Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 007-2016-0400GAJ/MSI; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; numeral 36.1 del artículo 36º y el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza Nº 372-MSI, y sus modificatorias, conforme se detalla en el Anexo Nº 1 y Anexo Nº 2, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el

Diario Oficial El Peruano, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen la publicación de la presente norma y sus correspondientes anexos en el Portal Institucional (www. munisanisidro.gob.pe); y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los 27 días del mes de enero del año dos mil quince. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde ANEXO Nº 1 RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS MODIFICADOS
NÚMERO CÓDIGO PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Subgerencia de Logística y Servicios Generales 1 02.01 PRESENTACIÓN DE RECURSO DE APELACIÓN DEL ACTO O ACTOS DICTADOS DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

GERENCIA DE DESARROLLO DISTRITAL Subgerencia de Obras 2 03.01 AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA NECESARIA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS EN TELECOMUNICACIONES AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE ESTACIONES DE RADIOCOMUNICACIONES EN ÁREA DE USO PÚBLICO CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE OBRA EN ÁREA DE USO PUBLICO

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03.02 03.13

Subgerencia de Licencias y Autorizaciones 5 04.02 A) ANTEPROYECTO EN CONSULTA (Para la modalidad A y B) B) ANTEPROYECTO EN CONSULTA (Para la modalidad C y D) 6 7 8 9 10 11 12 04.03 04.04 04.05 04.06 04.07 04.08 04.09 LICENCIA DE EDIFICACIÓN - MODALIDAD A LICENCIA DE EDIFICACIÓN - MODALIDAD B LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD C CON EVALUACIÓN PREVIA POR COMISIÓN TÉCNICA LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD C CON APROBACIÓN PREVIA DE REVISORES URBANOS LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD D MODIFICACION DEL PROYECTO EN LA MODALIDAD B (antes de emitida la Licencia de Edificación) MODIFICACION DEL PROYECTO EN LA MODALIDAD C CON EVALUACIÓN PREVIA POR COMISIÓN TÉCNICA (antes de emitida la Licencia de Edificación) y MODIFICACION DEL PROYECTO EN LA MODALIDAD D (antes de emitida la Licencia de Edificación) MODIFICACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A (Antes de su ejecución y con licencia de edificación vigente, para modificaciones sustanciales) MODIFICACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD B (Antes de su ejecución y con licencia de edificación vigente, para modificaciones sustanciales) MODIFICACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN ­ MODALIDAD C CON EVALUACIÓN PREVIA POR COMISIÓN TÉCNICA (Antes de su ejecución y con licencia de edificación vigente, para modificaciones sustanciales) MODIFICACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN - MODALIDAD C CON APROBACIÓN PREVIA DE REVISORES URBANOS (Antes de su ejecución y con licencia de edificación vigente) MODIFICACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN ­ MODALIDAD D (Antes de su ejecución y con licencia de edificación vigente). LICENCIA DE EDIFICACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN POR ETAPAS-MODALIDAD C CON EVALUACIÓN PREVIA POR COMISIÓN TÉCNICA

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04.10

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