Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2016 (19/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 19 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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- SALA CIVIL PERMANENTE La Sala Civil Permanente que actuará como órgano de emergencia estará conformada por los Jueces Superiores, Doctores: - Dra. Yrma Flor Estrella Cama - Dra. Teresa J. Soto Gordon al 15 de febrero) - Dr. Walter B. Ríos Montalvo de Febrero al 1° marzo ) - Dra. Yoni L. Angulo Cornejo Presidenta Juez Superior (T) (del 01 Juez Superior (T) (del 16 Juez Superior (P)

El citado Juzgado de Emergencia estará a cargo del doctor Robert Calderón Castillo. JUZGADO DE FAMILIA DE EMERGENCIA 3° JUZGADO DE FAMILIA DEL CALLAO El Juzgado de Familia de Emergencia del Callao antes mencionado seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (3°JFC) y además atenderá exclusivamente los asuntos en materia de Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, Violencia Familiar, tutela de menores en abandono, y menores infractores; medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional y procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y materia civil-familia) establecidos en la Resolución Administrativa N° 356-2016-CE-PJ del 1° al 4° Juzgados de Familia, incluyendo al Juzgado de Familia Transitorio. Además asumirá el turno judicial de la especialidad familia-tutelar durante el periodo vacacional. El Juzgado de Familia de Emergencia estará a cargo de la Dra. Julia Vivero Diez (*) JUZGADO LABORAL DE EMERGENCIA 2° JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO LABORAL NLPT El Juzgado Laboral de Emergencia del Callao antes mencionado seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (2JEL-NLPT) y además atenderá exclusivamente los asuntos en materia laboral establecidos en la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ, del 1° y 3° Juzgados Laborales que saldrán de vacaciones; así como del 4° y 5° Juzgados de Trabajo y del Juzgado de Trabajo Transitorio del Callao; y de todas aquellas solicitudes que de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estima conveniente. El citado Juzgado de Emergencia estará a cargo del doctor Carlos Humberto Chirinos Cumpa. (*) JUZGADOS DE PAZ LETRADOS DE EMERGENCIA 3° JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CALLAO - A cargo de la Dra.Yency Carpio Chávez, Juez Titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Callao. El Juzgado de Paz Letrado de Emergencia antes mencionado seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (3° JPLC) y además atenderá exclusivamente los asuntos en materia, civil - familia del 1°, 2° y 4° y 5° Juzgados de Paz Letrados Especializados en Civil-Familia del Callao. JUZGADO DE PAZ LETRADO TRANSITORIO­ COMISARIA ALIPIO PONCE DEL CALLAO -A cargo de la Dra. Lidia Farfan Espinoza, Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado TransitorioComisaría Alipio Ponce. El Juzgado de Paz Letrado de Emergencia del Callao antes mencionado, seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (Juzgado Comisaría Alipio Ponce) y además atenderá los asuntos en materia penal del 6to. Juzgado de Paz Letrado Especializado en Faltas, así como de los de materia laboral de 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Especializados en Laboral ­NLPT del Callao.

La Sala de Emergencia seguirá conociendo los procesos a su cargo y además será competente para conocer los asuntos en materia penal, familia, laboral establecidos en la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ de todas las Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia, incluida la Sala Penal de Apelaciones; así como todas aquellas solicitudes que los Jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estimen conveniente. - JUZGADOS PENALES DE EMERGENCIA: 1° JUZGADO PENAL DEL CALLAO El Juzgado Penal de Emergencia antes mencionado seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (1°JPC) y además atenderá exclusivamente los asuntos en materia penal establecidos en la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ del 2°, 3° y 6° Juzgados Penales de Reos Libres y del Juzgado Penal Transitorio del Callao que saldrán de vacaciones. El mencionado órgano jurisdiccional de emergencia estará a cargo de la doctora Carla Giulliana Carbonel Vidalón. 4° JUZGADO PENAL DEL CALLAO El Juzgado Penal de Emergencia, seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (4° JPC) y además atenderá exclusivamente los asuntos en materia penal establecidos en la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ del 8°, 9° y 10° Juzgados Penales de Reos Libres que saldrán de vacaciones. El mencionado órgano jurisdiccional de emergencia que estará a cargo de la doctora Ana María Zapata Huertas, será programado en el Turno Penal del 16 de febrero al 01 de marzo de 2016. 5° JUZGADO PENAL DEL CALLAO El Juzgado Penal de Emergencia del Callao antes mencionado seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (5to.JPC) y además atenderá exclusivamente los asuntos en materia penal establecidos en la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ del 7° Juzgado Penal de Reos en Cárcel del Callao que saldrá de vacaciones. El mencionado órgano jurisdiccional de emergencia que estará a cargo del Dr. Dario Aponte Fernández, será programado en el Turno Penal del 01° al 15° de febrero de 2016. JUZGADO CIVIL DE EMERGENCIA 3° JUZGADO CIVIL DEL CALLAO El Juzgado Civil de Emergencia del Callao antes mencionado seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (3°JEC) y además atenderá exclusivamente los asuntos en materia civil establecidos en la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ, del 1°, 4°, 5° y 6° Juzgados Civiles del Callao que saldrán de vacaciones; así como de todas aquellas solicitudes que de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional u otras que estima conveniente.