Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2016 (19/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 19 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

583645

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 021-2016-PERÚ COMPRAS Lima, 14 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018, se creó el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante Decreto Supremo N° 364-2015-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, que en su artículo 7 establece que el Jefe de PERÚ COMPRAS es el órgano de mayor nivel, máxima autoridad ejecutiva, Titular del Pliego y ejerce la representación legal de la Entidad; encontrándose facultado, en virtud de lo dispuesto por el literal c) del artículo 8 del citado Reglamento, para emitir resoluciones sobre asuntos de su competencia; Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con el Decreto Supremo N° 043-2003PCM, dispone que la entidad pública debe identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, por su parte, el artículo 3 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, establece que corresponde a la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, y asegurar que tenga las condiciones indispensables para el cumplimiento de sus funciones; Que, el artículo 9 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, modificado por el Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, señala que el funcionario responsable del Portal de Transparencia se encuentra obligado a elaborar el Portal, en caso la entidad no cuente con él, en coordinación con las unidades orgánicas u órganos correspondientes; recabar la información a ser

difundida en el Portal de acuerdo con lo establecido en los artículos 5 y 25 de la Ley N° 27806; y, mantener actualizada la información contenida en el Portal conforme a las reglas sobre la materia, señalando en él, la fecha de la última actualización; Que, mediante Decreto Supremo N° 063-2010-PCM, se aprobó la implementación del Portal de Transparencia estándar en las entidades de la administración pública, herramienta informática que contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la Entidad considere pertinente publicar; Que, a través de la Resolución N° 200-2010-PCM, se aprobó la Directiva N° 01-2010-PCM-SGP, "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública"; Que, de acuerdo con el artículo 4 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, modificado por el Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se debe realizar mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 21 del Reglamento de Organización y Funciones de PERÚ COMPRAS establece que la Oficina de Tecnologías de la Información es el órgano encargado de proponer, normar, asesorar, coordinar, ejecutar y supervisar el desarrollo de las tecnologías de información y comunicaciones, y soporte técnico de PERÚ COMPRAS; correspondiéndole, entre otros, administrar y actualizar el portal institucional de PERÚ COMPRAS, en coordinación con los órganos de la institución; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario expedir la resolución que designe al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, en el marco de lo dispuesto por la normatividad vigente; Con el visto bueno de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1018, que crea la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 364-2015-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modificado por el Decreto

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCIÓN