Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2016 (19/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 19 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1369443-5

por el sismo que se produjo el 16 de abril del presente año, autorizando su retorno al país el 25 de abril de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al detalle siguiente:
Pasajes aéreos Lima ­ Manta (República del Ecuador) ­ Lima: US $ 1, 241.52 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 2,483.04 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 5 días Total :

US$ 3,700.00 ----------------------US$ 6,183.04

Autorizan viaje de Equipo de Prensa del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 108-2016-DE/ Lima, 18 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, el día sábado 16 de abril se produjo un sismo que afectó la ciudad de Manta y otras localidades de la República del Ecuador, causando destrucción y la muerte de cientos de pobladores; Que, solidarizándose con el pueblo ecuatoriano, las Fuerzas Armadas del Perú realizarán acciones de ayuda humanitaria en favor de la población de la zona devastada por el sismo; Que, siendo las mencionadas actividades de interés institucional, mediante Oficio N° 73 -2016/MINDEF/SG/ PRENSA del 18 de abril de 2016, la Oficina General de Prensa del Ministerio de Defensa, solicita autorizar el viaje en Comisión de Servicio del Equipo de Prensa integrado por el señor Humberto Carlos Zárate Román y la señora Giovana Paola Arrunátegui Burgos, quienes del 19 al 24 de abril de 2016, cubrirán y difundirán las actividades de ayuda humanitaria que realizarán las Fuerzas Armadas del Perú en la zona de desastre; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el itinerario de los vuelos internacionales y con el fin de facilitar la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades que realizarán, es necesario autorizar su retorno al país un (01) día después del evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Equipo de Prensa del Ministerio de Defensa, integrado por el señor Humberto Carlos ZÁRATE ROMÁN, identificado con DNI N° 10477394 y por la señora Giovana Paola ARRUNÁTEGUI BURGOS, identificada con DNI N° 73027048, para que del 19 al 24 de abril de 2016, cubran y difundan las actividades de ayuda humanitaria que realizarán las Fuerzas Armadas del Perú en la ciudad de Manta y otras localidades de la República del Ecuador afectadas

Artículo 3.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1369443-6

Designan Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 109-2016-DE/ Lima, 18 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al funcionario que ejerza el cargo público de confianza antes descrito; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, al señor Luis Domingo ROJAS Merino en el cargo de Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1369442-2