Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2016 (19/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 19 de abril de 2016 /

El Peruano

Que, la citada Directiva en el Subtítulo 7. Disposiciones Específicas para cambio de Ministros por término de período de gobierno, numeral 7.1 Grupos del Trabajo del Ministerio y de sus entidades adscritas, establece que el Ministro, en su calidad de Autoridad saliente y los titulares de las entidades adscritas al Ministerio deben constituir formalmente sus Grupos de Trabajo con la antelación necesaria a la fecha del término del período de Gobierno Nacional y cada Grupo de Trabajo debe contar con un Presidente; Que, en cumplimiento de los dispositivos legales glosados precedentemente, se ha visto por conveniente constituir el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de coordinar la transferencia de gestión del período de gobierno 2011-2016; Con el visto bueno de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General, y; en uso de sus facultades conferidas por el Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Grupo de Trabajo Constitúyase en la Autoridad Nacional del Agua, el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de coordinar la transferencia de gestión del período de gobierno 2011-2016. Artículo 2º.- Funciones El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Elaborar el informe para la transferencia de Gestión. b) Integrar la Comisión de Transferencia de Gestión. c) Elaborar y suscribir el Acta de Transferencia de Gestión. d) Proporcionar información al Ministerio de Agricultura y Riego para su incorporación al Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno. Artículo 3º.- Integrantes El Grupo de Trabajo está integrado por: - Janet Aida Velásquez Arroyo, Secretaria General, quien actuará como Presidente. - Luis Eliseo Pérez Sandoval, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto - José Aurelio Ramírez Garro, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica. - Julio César Pesantes Rebaza, Jefe de la Oficina de Administración. Artículo 4º.- Instalación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instalará al día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5°.- Gastos El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo se sujeta al presupuesto institucional de la Autoridad Nacional del Agua, sin irrogar gastos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Notificación Remitir copia de la presente Resolución Jefatural, a los funcionarios a que se refiere el artículo 3°, para los fines pertinentes. Artículo 6º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1369099-1

Constituyen Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 083-2016-SERFOR-DE Lima, 18 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, el Presidente de la República convoca a Elecciones Generales, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, para el periodo 2016-2021; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 088-2016CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva N° 003-2016-CG/GPROD denominada "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", que tiene como finalidad establecer las disposiciones preventivas necesarias para el correcto, eficiente y oportuno desarrollo del proceso de transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2016-PCM, se aprobaron los "Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016", cuyo objetivo es regular el procedimiento y las formalidades que deben adoptar las entidades del Poder Ejecutivo durante la transferencia de gestión al gobierno electo para el periodo 2016-2021, con la finalidad de garantizar un proceso ordenado y transparente de cambio de gestión; Que, los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 022-2016-PCM, establecen que el informe sectorial para la Transferencia de Gobierno por el periodo 2011-2016, comprende los informes de los ministerios y de sus entidades adscritas; Que, el artículo 5 de la norma en mención señala que las entidades públicas del Poder Ejecutivo constituyen formalmente un Grupo de Trabajo encargado de elaborar un Informe para la transferencia de gestión, de acuerdo a las disposiciones específicas emitidas por la Contraloría General de la República, el cual debe ser suscrito por el Titular de la Entidad; dicho informe comprende la gestión desde el 29 de julio de 2011 hasta el 30 de junio de 2016 y debe ser elevado al Despacho Ministerial , a más tardar el día 7 de julio de 2016; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario constituir el Grupo de Trabajo para la elaboración de Informe de Transferencia de Gobierno del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR, encargada de coordinar el proceso de transferencia con el Ministerio de Agricultura y Riego y las Autoridades Entrantes para el periodo 2016-2021, implementando las acciones establecidas en la Directiva N° 003-2016-CG/GPROD y en los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 20112016, aprobados por el Decreto Supremo N° 022-2016-PCM; Con los visados de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Director General de la Oficina General de Administración, la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Secretario General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Resolución de Contraloría N° 088-2016-CG, que aprueba la Directiva N° 003-2016CG/GPROD; el Decreto Supremo N° 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo, por el periodo 2011-2016; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR, modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI.