Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2015 (15/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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El Peruano Jueves 15 de enero de 2015

ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Delegan facultades a Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores responsables de las Unidades Ejecutoras: Gerencias Administrativas de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA y Amazonas, durante el Ejercicio Fiscal 2015
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 070-2015-MP-FN MORDAZA, 13 de enero de 2015 VISTO: El Oficio Nº 012-2015-MP-FN-GG con el que se solicita la delegacion de facultades para las Unidades Ejecutoras de los Distritos Fiscales de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, Cuzco, MORDAZA, San MORDAZA y Amazonas, y; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Publico es un organismo constitucionalmente MORDAZA, que esta al servicio de la sociedad y de la administracion de justicia, defiende la legalidad, los intereses publicos, la independencia de los organos jurisdiccionales y la recta administracion de justicia, fortaleciendo el Estado democratico, social y de derecho; Que, en el MORDAZA de la politica institucional, el Ministerio Publico ha iniciado un MORDAZA de desconcentracion administrativa, para cuyo efecto, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1322-2011-MP-FN, se dispuso la creacion de las Unidades Ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de MORDAZA y 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque; mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1420-2012-MP-FN, se dispuso la creacion de las Unidades Ejecutoras: 005 Gerencia Administrativa de La MORDAZA y 006 Gerencia Administrativa de Cusco; mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1286-2013-MP-FN, se dispuso la creacion de la Unidad Ejecutora: 007 Gerencia Administrativa de Piura; y, mediante Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 35822014-MP-FN, se dispuso la creacion de las Unidades Ejecutoras: 008 Gerencia Administrativa de San MORDAZA y 009 Gerencia Administrativa de Amazonas; Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1485-2011-MP-FN de fecha 5 de agosto de 2011, se incorporo en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio Publico, las funciones de la Gerencia Administrativa como Unidad Ejecutora del Ministerio Publico, encargandole la conduccion e implementacion de los Sistemas de Presupuesto, Contabilidad, Tesoreria, Abastecimiento y Personal, asi como de Planificacion, Estadistica, Informatica y de Control Patrimonial, debiendo contraer compromisos, devengar gastos, ordenar pagos e informar sobre los avances y cumplimiento de las actividades y metas programadas; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; estableciendo expresamente en el numeral 40.2 del articulo 40º, que puede delegar la facultad de aprobacion de las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico; Que, el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 5 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 1842008-EF, establecen que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la facultades que la citada MORDAZA le otorga; precisandose que no pueden ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la

declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento; Que, asimismo, el numeral 50.1 del articulo 50º de la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007-EF/77.15, aprobado por Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 establece que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolucion del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa dicha facultad; Que, para el optimo funcionamiento de las Unidades Ejecutoras creadas, resulta pertinente delegar a los Presidentes de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA y Amazonas, como responsables de dichas Unidades Ejecutoras, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, contrataciones del Estado, tesoreria, personal, normativa y control patrimonial; Contando con el visto MORDAZA de la Gerencia General, Gerencia Central de Logistica, Gerencia Central de Finanzas, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina Central de Planificacion y Presupuesto, Oficina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados y Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las funciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio Publico, aprobado mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 0672009-MP -FN, modificado por Resolucion de Fiscalia de la Nacion Nº 1154-2011-MP-FN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DELEGAR a los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores responsables de las Unidades Ejecutoras: 003 Gerencia Administrativa de MORDAZA, 004 Gerencia Administrativa de MORDAZA, 005 Gerencia Administrativa de La MORDAZA, 006 Gerencia Administrativa de MORDAZA, 007 Gerencia Administrativa de MORDAZA, 008 Gerencia Administrativa de San MORDAZA y, 009 Gerencia Administrativa de Amazonas, que conforman el Pliego 022 Ministerio Publico, durante el periodo correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades: 1. En materia Presupuestal: a) Aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, de acuerdo con lo establecido en el numeral 40.2 del articulo 40° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, con las limitaciones establecidas en dicha MORDAZA, en la Ley de Presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2015 y en la presente Resolucion. b) Las atribuciones, facultades y acciones administrativas de gestion en materia presupuestaria que corresponden al Titular del Pliego durante el Ejercicio Presupuestal 2015, exceptuandose las correspondientes a transferencias de partidas, creditos suplementarios y transferencias entre Unidades Ejecutoras. 2. En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar los Expedientes de Contratacion y las Bases para la realizacion de los procesos de seleccion que convoque la Unidad Ejecutora; con excepcion de los procesos para las contrataciones y adquisiciones de los bienes y servicios que se senala en el Anexo 01 de la Presente Resolucion; los que seran atendidos por la Gerencia General. b) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales y Comites Permanentes que tienen a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion que convoque la Unidad Ejecutora. c) Resolver los recursos de apelacion interpuestos en procesos de seleccion a cargo de la Unidad Ejecutora y que, de acuerdo a la normativa, no MORDAZA de competencia exclusiva del Titular del Pliego. d) Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion de la Unidad Ejecutora, por las razones previstas en el articulo 34º de la Ley de Contrataciones del Estado. e) Suscribir y resolver los contratos que se deriven de los procesos de seleccion. f) Aprobar la ejecucion de prestaciones adicionales y reducciones de bienes y servicios que cuenten con la