Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2015 (19/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de diciembre de 2015 /

El Peruano

diciembre de 2015, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, con Resolución Ministerial N° 380-2015EF/41, de fecha 17 de diciembre de 2015, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al año fiscal 2016; Que, con Resolución Ministerial N° 880-2011-EF/41, se aprueba el "Plan Estratégico Institucional (PEI) 2012 ­ 2016 del Ministerio de Economía y Finanzas", modificado por las Resoluciones Ministeriales Nos. 357-2013-EF/41, 111-2015-EF/41 y 378-2015-EF/41; Que, la Directiva N° 001-2011-EF/41.01 "Normas y Lineamientos para la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas" aprobada con Resolución Ministerial Nº 798-2011EF/41, señala que el Plan Operativo Institucional (POI) es un instrumento de gestión que contiene la programación de actividades de los distintos órganos del Ministerio de Economía y Finanzas a ser ejecutadas en un periodo anual, orientado hacia la consecución de los objetivos y metas institucionales; contribuye al cumplimiento de los objetivos, lineamientos de política y acciones estratégicas del PEI y permite la ejecución de los recursos presupuestarios asignados al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) con criterios de eficiencia, calidad de gasto y transparencia; Que, el literal b) del artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 117-2014EF, señala entre las funciones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, la de formular y evaluar el Plan Operativo Institucional; Que, el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2016 ha sido elaborado con la participación de los órganos y unidades ejecutoras del Ministerio de Economía y Finanzas, y articulado con los objetivos y actividades estratégicas establecidas en el Plan Estratégico Institucional 2012 ­ 2016, y con el presupuesto asignado a los órganos y unidades ejecutoras, a través de las metas presupuestales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y la Resolución Ministerial N° 798-2011-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del POI 2016 Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2016 del Ministerio de Economía y Finanzas, documento que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación del POI 2016 El Plan Operativo Institucional (POI) 2016 del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por la presente resolución, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1325104-1

y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales (Pensiones), a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público ha propuesto la aprobación del Cronograma de Pagos para la atención oportuna de dichos conceptos durante el proceso de ejecución presupuestal y financiera del Año Fiscal 2016, incluyéndose como parte del mismo a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley N° 19990, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, de acuerdo con la información remitida por dicho organismo mediante el Oficio N° 6042015-GG/ONP; Que, asimismo es necesario incluir en el citado Cronograma los pagos que por los indicados conceptos se realizan, además de Recursos Ordinarios, con cargo a otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de Administración o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora es responsable de la adopción de las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el respectivo financiamiento que garantice su adecuado y oportuno cumplimiento; Que, la aprobación del mencionado Cronograma de Pagos contribuirá a una mayor efectividad en el cumplimiento de este tipo de obligaciones del Estado, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los trabajadores y pensionistas del Sector Público; De conformidad con los incisos a) y c) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por el Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébese el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2016, el mismo que forma parte de la presente Resolución Viceministerial conforme al detalle contenido en los siguientes anexos: Anexo N° 01 : Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones - Año Fiscal 2016, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. Anexo N° 02 : Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 20530) - Año Fiscal 2016, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. Anexo N° 03 : Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 19990) - Año Fiscal 2016, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). El Cronograma del Anexo N° 01 incluye los pagos de carácter periódico y no remunerativo tales como: Contrato Administrativo de Servicios (CAS), Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza. Las obligaciones relacionadas con la Bonificación por Escolaridad y los Aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los Anexos del referido Cronograma, en los meses que corresponda. Artículo 2.- El Cronograma Anual Mensualizado señalado en el artículo precedente es aplicable al pago de las obligaciones que por concepto de Remuneraciones y/o Pensiones se realiza con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, así como a otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT),

Aprueban Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N° 19990, a cargo de la ONP, a aplicarse durante el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2015-EF/52 Lima, 18 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, a efectos de garantizar la adecuada distribución de los recursos públicos, por concepto de Gasto de Personal