Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2015 (19/12/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 19 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

568939

CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público, y pliego presupuestal; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que son funciones exclusivas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, entre otras, aquellas concernientes a elaborar políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo e inclusión social, acceso a oportunidades y desarrollo de capacidades, de su competencia; Que, de otra parte, el Programa de Complementación Alimentaria - PCA tiene por objeto otorgar complemento alimentario a la población en situación de pobreza extrema y en riesgo moral y salud, así como a los grupos vulnerables, niños, niñas, personas con TBC, adultos mayores y personas con discapacidad; Que, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 163-2012-MIDIS, la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el órgano competente para implementar las acciones relacionadas con la gestión descentralizada del Programa de Complementación Alimentaria - PCA; Que, bajo ese marco normativo y atendiendo a lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, modificado por la Ley N° 30264, mediante Resolución Ministerial N° 205-2015-MIDIS se acreditó a los integrantes de los Comités de Recepción de los kits de cocina popular destinados a comedores populares en el marco del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA en los distritos de Lima Metropolitana y en provincias distintas a dicha jurisdicción; Que, en dicho contexto, mediante el documento del Visto y documentación adjunta, la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, órgano competente para implementar las acciones relacionadas con la gestión descentralizada del Programa de Complementación Alimentaria - PCA, sustenta y propone la modificación respectiva, con la finalidad de ampliar la conformación de los aludidos Comités de Recepción de los kits de cocina popular destinados a comedores populares, a efectos de incorporar en su conformación a miembros suplentes, los cuales reemplazarán a ambos o a cualquiera de los miembros titulares en caso de ausencia; Que, en atención a lo expuesto, y a fin de mejorar la gestión de los Comités de Recepción de los kits de cocina popular destinados a comedores populares en el marco del Programa de Complementación Alimentaria ­ PCA, se estima pertinente derogar la Resolución Ministerial N° 205-2015-MIDIS, y acreditar a los Comités de Recepción en los términos propuestos por la citada Dirección General; Con la visación del Viceministerio de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogatoria de la Resolución Ministerial N° 205-2015-MIDIS Derogar la Resolución Ministerial N° 205-2015-MIDIS, por los fundamentos indicados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2- Acreditación de los Comités de Recepción de los kits de cocina popular en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao Acreditar a los Comités de Recepción de los kits de cocina popular destinados a comedores populares en el marco del Programa de Complementación Alimentaria PCA en los distritos de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, los que estarán conformados por:

- La Coordinadora o la Presidenta Distrital, en cada comedor popular, como miembro titular. - La Presidenta de la Junta Directiva del comedor popular, como miembro titular. Los miembros de la Junta Directiva del comedor popular son suplentes y reemplazan para todos sus efectos a ambos o a cualquiera de los miembros titulares en caso de ausencia. En todos los casos, los cargos de los miembros, titulares y suplentes, de los Comités de Recepción deberán estar debidamente acreditados mediante resolución emitida por el Gobierno Local respectivo. Artículo 3.- Acreditación de los Comités de Recepción de los kits de cocina popular en provincias distintas a Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao Acreditar a los Comités de Recepción de los kits de cocina popular destinados a comedores populares en el marco del Programa de Complementación Alimentaria PCA en las provincias distintas a Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, los que estarán conformados por: - La Presidenta de la Junta Directiva del comedor popular, como miembro titular. - La Tesorera de la Junta Directiva del comedor popular, como miembro titular. Los miembros de la Junta Directiva del comedor popular son suplentes y reemplazan para todos sus efectos a ambos o a cualquiera de los miembros titulares en caso de ausencia. En todos los casos, los cargos de los miembros, titulares y suplentes, de los Comités de Recepción deberán estar debidamente acreditados mediante resolución emitida por el Gobierno Local respectivo. Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de la Producción - PRODUCE y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUAREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1325106-1

Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2016 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 260-2015-MIDIS Lima, 17 de diciembre de 2015 VISTO: El Informe N° 813-2015-MIDIS/SG/OGPP y documentación adjunta, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; Que, según lo dispuesto en el numeral 71.3 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que