Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2014 (27/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 27 de noviembre de 2014

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Politica de 1980 al 2000 directas e indirectas, residentes en nuestro distrito. Prolongandose dicho beneficio hasta el 31 de Diciembre del 2014, siendo requisito indispensable, para gozar de dicho beneficio, cumplir con los requisitos establecidos en el Articulo MORDAZA del Titulo Primero de la presente Ordenanza. Articulo 4º ATENCION PSICOLOGICA Promover el tratamiento psicologico y especializado a los miembros de las familias victimas, logrando su MORDAZA recuperacion en integracion de la familia a la sociedad para tal efecto se dispondra que la DEMUNA atienda a los menores, asi como la Municipalidad coordinara con instituciones publicas y privadas para el tratamiento profesional de las personas adultas. Articulo 5º ACCESO AL EMPLEO Y GENERACION DE ACTIVIDADES ECONOMICAS La Municipalidad coordinara y gestionara acceso al empleo de las familias con Instituciones publicas y privadas en la medida de sus posibilidades para la mejora de los ingresos economicos de las familias de las victimas mediante el registro de las personas en el Centro de intermediacion Laboral (CIL) asi como a la oferta laboral a cargo de la Subgerencia de Promocion Empresarial, priorizando a los jefes de hogar de acuerdo a sus habilidades y capacidades. Asimismo la Municipalidad otorgara facilidades para el otorgamiento de autorizaciones y/o Licencias para el desarrollo de actividades economicas. A traves de la Subgerencia de Comercializacion. Articulo 6º ACCESO A PROGRAMAS SOCIALES Realizar el empadronamiento y atencion a ninos menores de 6 anos en el Programa Municipal del Vaso de Leche. a cargo Subgerencia del Programa del Vaso de Leche. Articulo 7º APLICACION, EJECUCION y CUMPLIMIENTO Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las areas involucradas que por su competencia tengan injerencia directa o indirecta en su aplicacion, quienes deberan implementar los procedimientos para la aplicacion de los beneficios establecidos dentro del Plan de Reparacion a las victimas y desplazados por la violencia politica de los anos 1980 al 2000, a los residentes en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, siendo de competencia de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza, debiendo entrar en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1170161-1

27972, los Gobiernos Locales representan al vecindario promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º, asi como el articulo 39º, y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; se expide lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PLAN DE REPARACION A LAS VICTIMAS Y DESPLAZADOS POR LA VIOLENCIA POLITICA DE LOS ANOS 1980 AL 2000, A LOS RESIDENTES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo I Declarar prioritario el Reconocimiento a las victimas de la violencia politica (de MORDAZA 1980 a Noviembre del 2000), que residen en nuestro Distrito, haciendolas extensivas las disculpas a nombre del Estado Peruano por la lentitud en el MORDAZA de implementacion del Plan Integral de Reparaciones, Ley Nº 28592; asi como rendir homenaje a nombre del gobierno local de San MORDAZA de Miraflores a los ciudadanos y ciudadanas que perdieron la MORDAZA o se encuentran desaparecidas, asi como a las personas que de alguna manera fueron afectadas por el conflicto armado interno y que a la fecha residen en nuestro Distrito. Articulo II REPARACION SIMBOLICA Dispongase acondicionar un espacio fisico en nuestro cementerio distrital "Senor de los Milagros" donde se reconozca los nombres de las victimas fallecidas y desaparecidas, destinado para representar de manera simbolica las honras funebres y posterior ofrendas de dichas victimas y entregarlo a sus familiares. Creese el DIA DE LA RECONCILIACION Y LA PAZ, el 10 de Diciembre de cada ano, en honor a las victimas de la violencia politica que viviera nuestro MORDAZA, para que a nivel distrital todas las entidades publicas y privadas de la jurisdiccion embanderen sus viviendas y conmemoren esta fecha para lograr la ansiada paz y reconciliacion nacional, con desfiles, pasa calles, concursos, ceremonias civicas, etc. Articulo III Apruebese el Plan Integral de Reparaciones para la victimas y afectadas de la Violencia Politica del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, en concordancia con la Ley Nº 28592 y su Reglamento. TITULO PRIMERO FINALIDAD Y ALCANCES Articulo 1º El presente plan tiene como finalidad contribuir a la reparacion de las victimas de la violencia, consideradas asi de acuerdo a los articulos 3º y 4º de la Ley 28592, con el objeto de contribuir a afirmar la paz en nuestro MORDAZA y nuestra jurisdiccion, en aras de la necesaria reconciliacion nacional. Articulo 2º Para acceder a acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza, las personas afectadas por la violencia politica deben encontrarse inscritas en el libro 1 del Registro Unico de Victimas y estar acreditadas por el Consejo de Reparaciones, o en su defecto por las instancias que en su momento estuvieron a cargo: FONCODES, Defensoria del Pueblo, Direccion General de Desplazados del MINDES. TITULO MORDAZA DE LAS REPARACIONES Articulo 3º TASAS MUNICIPALES: ARBITRIOS. Otorgar el beneficio de condonacion del 100% de las deudas tributarias generadas hasta la fecha, por concepto de arbitrios municipales, a las Victimas de la Violencia

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Habilitacion MORDAZA inmueble ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 261-2014/MDSMP San MORDAZA de Porres, 23 de octubre del 2014 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES

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