Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2014 (10/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 10 de febrero de 2014

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Central de Riesgos", del MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyos textos se anexan a la presente Resolucion y se publican de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 004-2008-PCM reglamento de la Ley Nº 29091. (Portal institucional www.sbs.gob.pe). Articulo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1048124-1

Con relacion al registro de ganadores de premios # INFRACCION SANCION 27. No poner a disposicion y/o remitir el registro de Multa ganadores de premios a la DGJCMT y/o a la UIF- 10 UIT Peru. 28. Eliminar o excluir del registro de ganadores de Multa premios a algun cliente ganador. 15 UIT 29. No contar con el registro de ganadores de Multa premios. 20 UIT III. INFRACCIONES MUY GRAVES Con relacion al deber de reserva # INFRACCION SANCION 01 Transgredir el deber de reserva establecido por Multa el MORDAZA legal vigente, poniendo en conocimiento 30 UIT de cualquier persona, entidad u organismo, bajo cualquier medio o modalidad, el hecho de que alguna informacion MORDAZA sido solicitada por la UIF-Peru o MORDAZA sido proporcionada a esta. 1048347-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones ROF de la Direccion Regional de Agricultura
ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2014-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal; Que, el articulo 9° numeral 9.2. de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion prescribe que en virtud a la autonomia administrativa los gobiernos regionales tienen la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, el articulo 45° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, Ley de Bases de Descentralizacion y demas Leyes de la Republica. El literal a, del articulo acotado senala que los gobiernos regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales. En este sentido en el literal b, del mismo articulo, se senala que los gobiernos regionales tienen la funcion de elaborar y aprobar las normas de alcance regional de manera concertada y participativa; Que, en consecuencia el articulo 11° dispone que el Consejo Regional, es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. En este sentido el articulo 15º literal a prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, ademas el articulo 51° literal n, senala que una de las funciones del gobierno regional en materia

Aprueban modificacion del procedimiento Nº 78 "Registro de Fideicomisos en la Central de Riesgos" del MORDAZA de la SBS
RESOLUCION SBS N° 887-2014 MORDAZA, 5 de febrero de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe N° 11-2014-DOC, relacionado con la modificacion del procedimiento administrativo Nº 78 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; el mismo que incluye procedimientos con Derecho de Tramitacion; Que, como consecuencia del requerimiento de Secretaria General para que se modifique el procedimiento MORDAZA N° 78 "Registro de Fideicomisos en la Central de Riesgos", se ha establecido el cambio de la Autoridad Competente del Intendente del Departamento de la Central de Riesgos de la Superintendencia Adjunta de Riesgos al Jefe del Departamento de Registros de Secretaria General con la finalidad de unificar todos los registros en una sola unidad especializada; Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomia funcional que le confiere el articulo 346° de la Ley N° 26702 y al articulo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA institucional; y En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del procedimiento Nº 78 "Registro de Fideicomisos en la