Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2013 (22/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013

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Que, el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM, que aprueba la Estrategia Anticorrupcion del Poder Ejecutivo, contiene las acciones operativas que se implementaran en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion 2012-2016, senalando en su articulo 2 numeral 2.20, que en las entidades del Poder Ejecutivo se elaboraran planes anticorrupcion que contengan medidas de prevencion y sancion de la corrupcion, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupcion y los casos de corrupcion que afecta a cada uno de ellos; Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la creacion de un Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, que tenga como funcion la elaboracion del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcion del Ministerio de Agricultura y Riego para el periodo 2013-2016, en el MORDAZA de las disposiciones legales MORDAZA mencionadas; Que, el articulo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones del Poder Ejecutivo son organos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalizacion, propuesta o emision de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, pudiendose encargar otras funciones que no MORDAZA las indicadas a Grupos de Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- De la creacion y funcion del Grupo de Trabajo Crease el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal que tendra como funcion la elaboracion del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcion del Ministerio de Agricultura y Riego 2013-2016. Articulo 2.- De la conformacion El Grupo de Trabajo creado en el articulo precedente estara conformado por los siguientes miembros: - La Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego o su representante alterno, quien lo presidira. - El Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o su representante alterno. - La Directora General de la Oficina de Asesoria Juridica, o su representante alterno. - El Director General de la Oficina de Administracion, o su representante alterno. - El Procurador Publico del Ministerio de Agricultura y Riego o su representante alterno. - El Jefe del Organo de Control Institucional, o su representante alterno. - El Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional, o su representante alterno. - El Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, o su representante alterno. - El Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica, o su representante alterno. - La Directora General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, o su representante alterno. - El Director General de la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios, o su representante alterno. - El Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, o su representante alterno - El Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, o su representante alterno. - El Jefe del Instituto Nacional de Innovacion Agraria, o su representante alterno. - El Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones, o su representante alterno. - El Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural, o su representante alterno. - El Jefe del Programa de Compensaciones para la Competitividad, o su representante alterno. - El Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, o su representante alterno.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1017985-1

Crean Grupo de Trabajo Sectorial encargado de la elaboracion del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcion del Ministerio de Agricultura y Riego 2013 - 2016
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0456-2013-MINAGRI MORDAZA, 21 de noviembre de 2013 VISTO: El Oficio N° 3576-2013-MINAGRI-OPP/UPS y el Informe N° 0163-2013-MINAGRI-OPP/UPS de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Vigesima Sexta Politica de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promocion de la etica, la transparencia y erradicacion de la corrupcion, el MORDAZA de dinero, la evasion tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos el compromiso de velar por el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupcion, que elimine las practicas violatorias del orden juridico, incluyendo el trafico de influencias, el nepotismo, el narcotrafico, el contrabando, la evasion tributaria y el MORDAZA de dinero, y regular la funcion publica para evitar su ejercicio en funcion de intereses particulares; Que, la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, senala como finalidad principal del MORDAZA de modernizacion, la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestion, con empleados publicos que brinden un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo al ciudadano, lo que implica el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, como mecanismo de control efectivo; Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, determina en el numeral 11 de su articulo 2, que ademas del cumplimiento de sus politicas y acciones sectoriales, constituyen Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento en materia de anticorrupcion, fortalecer la lucha contra la corrupcion en las licitaciones, las adquisiciones y la fijacion de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia y la rendicion de cuentas; promover la Etica Publica a traves de sus acciones y comunicaciones; y fomentar la participacion ciudadana en la vigilancia y control de la gestion publica; Que, el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion 2012-2016, aprobado por Decreto Supremo N° 1192012-PCM, establece como objetivos: i) La articulacion y coordinacion interinstitucional para la lucha contra la corrupcion; ii) La prevencion eficaz de la corrupcion; iii) La investigacion y sancion oportuna y eficaz de la corrupcion en el ambito administrativo y judicial; iv) La promocion y articulacion de la participacion activa de la ciudadania, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupcion; y, v) El posicionamiento del Peru en espacios internacionales de lucha contra la corrupcion;