Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Renuevan autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 141-2003-MTC/03 a favor de la empresa Inversiones J.J.B. E.I.R.L.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 637-2013-MTC/03 MORDAZA, 10 de Diciembre del 2013 VISTO, el escrito de registro Nº 2013-003969, presentado por la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.L., solicitando la renovacion de la autorizacion que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad de Chepen ­ MORDAZA ­ Pacasmayo ­ San MORDAZA de LLoc ­ Pacanga ­ Pueblo MORDAZA ­ Jequetepeque ­ San MORDAZA, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, Resolucion Viceministerial N° 141-2003-MTC/03 de fecha 09 de MORDAZA de 2003, se otorgo a la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.L. autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito y provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; con vencimiento al 13 de junio de 2013; Que, con escrito de Visto, la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.L., solicito la renovacion de la autorizacion otorgada con Resolucion Viceministerial N° 141-2003MTC/03; Que, conforme a lo establecido en el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Informe Nº 2018-2013-MTC/29.02 del 20 de junio de 2013, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de la inspeccion realizada el 25 de MORDAZA de 2013, a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.L., concluyendo que la administrada se encuentra operando de acuerdo a las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, con las caracteristicas tecnicas autorizadas, y con equipos y sistemas irradiantes homologados; asimismo, cumple con el objetivo y programacion del proyecto de comunicacion; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 173-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion por television en UHF, para las localidades del departamento de La MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de de Chepen ­ MORDAZA ­ Pacasmayo ­ San MORDAZA de LLoc ­ Pacanga ­ Pueblo MORDAZA ­ Jequetepeque ­ San MORDAZA, que comprende al distrito de Pacasmayo, donde se ubica la estacion materia de renovacion;

Que, mediante Informe N° 2828-2013MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que es viable renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 141-2003-MTC/03 a la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.L., al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto y que la solicitante no ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 141-2003-MTC/03 a favor de la empresa INVERSIONES J.J.B. E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 13 de junio de 2023, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad de Chepen ­ MORDAZA ­ Pacasmayo ­ San MORDAZA de LLoc ­ Pacanga ­ Pueblo MORDAZA ­ Jequetepeque ­ San MORDAZA, departamento de La Libertad. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y debera haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4°.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5°.- La renovacion de autorizacion que se otorga en la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones del Plan Maestro para la Implementacion de la Television Digital en el Peru y normas complementarias. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1029214-1

Rectifican error material incurrido en la R.VM. Nº 633-2013-MTC/03 de fecha 5 de diciembre de 2013, debiendo entenderse que se trata de la R.VM. Nº 634-2013-MTC/03
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 638-2013-MTC/03 MORDAZA, 11 de diciembre del 2013