Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2013 (28/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Articulo 29.- Obligaciones Supervisados de los DE Agentes EMPRESA

El Peruano Miercoles 28 de agosto de 2013

CAPITULO III: SUPERVISORA

DESEMPENO

Articulo 30.- Penalidades Articulo 31.- Evaluacion de la idoneidad y calidad de desempeno de las Empresas Supervisoras Articulo 32.- Plazo de duracion del Contrato de Supervision y renovacion Articulo 33.- Causales de resolucion del Contrato de Supervision Articulo 34.- Resolucion de Contrato de Supervision Articulo 35.- Registro de Resoluciones de Contrato de Supervision Articulo 36.- Solucion de controversias DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA REGLAMENTO DE SUPERVISION Y FISCALIZACION DE LAS ACTIVIDADES ENERGETICAS Y MINERAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Objetivo.El objetivo del presente Reglamento es establecer los criterios y procedimientos especificos para la calificacion y clasificacion de las Empresas Supervisoras, asi como para la contratacion, designacion y ejecucion de las tareas de supervision y fiscalizacion que realizaran tales empresas. Articulo 2.- Ambito de aplicacion.Lo dispuesto en el presente Reglamento es de obligatorio cumplimiento para OSINERGMIN, las Empresas Supervisoras y los Agentes Supervisados en el MORDAZA de las actividades de supervision y fiscalizacion que realice el OSINERGMIN para verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o tecnicas bajo el ambito de su competencia. Articulo 3.Contratacion de Empresas Supervisoras.Para el ejercicio de las acciones de supervision y fiscalizacion, OSINERGMIN podra contratar Empresas Supervisoras, al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN -Ley Nº 27699 y la Ley que transfiere competencias de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras al OSINERGMIN, Ley N° 28964. Articulo 4.- Principios.Ademas de los Principios de Accion establecidos en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, son aplicables los siguientes principios en el desarrollo de la funcion de supervision y fiscalizacion: 4.1. Eficiencia: Las Gerencias de Fiscalizacion o area equivalente, asi como las Empresas Supervisoras desarrollaran las actividades de supervision y fiscalizacion con un uso eficiente de sus recursos, y procurando evitar que se generen costos excesivos a los Agentes Supervisados. 4.2. Presuncion de veracidad: Se presume que los documentos exhibidos o presentados a OSINERGMIN por las Empresas Supervisoras y los Agentes Supervisados responden a la verdad de los hechos que afirman, sin perjuicio del derecho de OSINERGMIN de comprobar su veracidad. 4.3. Transparencia: Los actos de las Gerencias de Fiscalizacion o area equivalente, asi como de las Empresas Supervisoras deberan adoptarse de manera

que los criterios a utilizarse MORDAZA conocidos o predecibles y se encuentren debidamente motivadas. 4.4. Finalidad preventiva y correctiva: Las acciones de supervision deben estar dirigidas principalmente a prevenir, evitar y corregir la comision de acciones u omisiones constitutivas de infracciones, sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion correspondientes. Articulo 5.- Definiciones.Para los fines del presente Reglamento, los siguientes terminos se definen como: 5.1. Agentes Supervisados.- Personas naturales o juridicas de derecho publico o privado que realizan actividades del sector energetico o minero. 5.2. Contrato de Supervision.- Contrato de locacion de servicios celebrado entre OSINERGMIN y la Empresa Supervisora, con la finalidad que realice las funciones de supervision o fiscalizacion, en representacion de OSINERGMIN en el ambito de su competencia. El contrato de supervision se rige por lo dispuesto en el Codigo Civil y no genera relacion de naturaleza laboral con OSINERGMIN. 5.3. Empresas Supervisoras.- Personas naturales o juridicas, debidamente calificadas y clasificadas como tales por el OSINERGMIN, que realizan por encargo actividades de supervision y fiscalizacion en los sectores energetico o minero. Se extiende sus alcances a los profesionales presentados por las personas juridicas para desarrollar las funciones de supervision y fiscalizacion, asi como a sus representantes. 5.4. Funcion de Supervision.- Comprende la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o tecnicas por parte de las entidades o actividades supervisadas, asi como la facultad de verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolucion emitida por el OSINERGMIN, o de cualquier otra obligacion que se encuentre a cargo de la entidad o actividad supervisadas. Incluye la funcion de supervision especifica. Puede ejercerse a traves de acciones programadas o de manera inopinada. 5.5. Funcion de Fiscalizacion.- Comprende la facultad de realizar acciones de verificacion de cumplimiento de obligaciones, conducentes a determinar la comision de infracciones por parte del Agente Supervisado. Puede ejercerse a traves de acciones programadas o de manera inopinada. 5.6. Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente.- Gerencia, Oficina o Secretaria que tenga a su cargo verificar el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales; o una MORDAZA, reglamento o procedimiento, mandato o medida administrativa emitida por OSINERGMIN por parte del Agente Supervisado; y que requiera para tal efecto los servicios de una Empresa Supervisora, siendo responsable de la supervision del contrato. 5.7. Programa Anual de Supervision.- Documento de gestion que contiene la planificacion de las actividades de supervision de cada Gerencia de Fiscalizacion o area equivalente, aprobado por la Gerencia General para cada ano. 5.8. Sector energetico.- Comprende a los subsectores de electricidad e hidrocarburos. Dentro de este ultimo las actividades vinculadas a temas de hidrocarburos liquidos y de gas natural. 5.9. Sector minero.- Comprende las actividades mineras de la gran y mediana mineria y de aquellos titulares mineros que no cumplen los requisitos de pequeno productor minero, asi como las actividades de almacenamiento de concentrado de minerales. TITULO II DE LA SUPERVISION CAPITULO I: MODALIDADES DE SUPERVISION Y FISCALIZACION Articulo 6.- Supervision Pre-operativa.Es aquella que realiza OSINERGMIN con el fin de emitir un informe tecnico favorable o para efectuar una evaluacion tecnica sobre el proyecto de instalacion o modificacion de instalaciones, establecimientos o unidades, previamente al inicio de actividades, a fin de verificar si