Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2012 (16/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2012

Inclusion Social, que comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las politicas nacionales en materia de promocion del desarrollo social, la inclusion y la equidad; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29792, dispuso la adscripcion del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la que opero a partir del 1 de enero de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2012MIDIS se modifico, entre otros, el articulo 1 del Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, precisandose que el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" se encuentra a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; asimismo, se dio por concluido el encargo al Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres - JUNTOS del MORDAZA de ejecucion y administracion de recursos del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 065-2012MIDIS se formalizo la creacion de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, asi como se designo al Director Ejecutivo del citado programa como encargado de la referida unidad ejecutora; Que, al respecto, el articulo 36 de los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administracion Publica", aprobados por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, establece que los programas y proyectos contaran con un manual de operaciones en el que se consignara, por lo menos: i) La descripcion del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripcion de este y la identificacion de entidades, organos o unidades organicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto; ii) La organizacion, funciones y responsabilidades; iii) Procesos principales tales como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, MORDAZA de coordinacion, desembolsos, segun corresponda; y, iv) Procesos de supervision, seguimiento y evaluacion: Supervision tecnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorias, inspeccion y supervision, segun corresponda; Que, en atencion a lo expuesto, resulta necesario que el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" cuente con un instrumento que determine su estructura, asi como las responsabilidades, funciones y procesos basicos de sus unidades organicas a fin de que el referido programa opere como unidad ejecutora; Que, mediante Informe N° 059-2012-MIDIS-SG/OGPP y Memorando N° 130-2012-MIDIS/SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de organo tecnico competente en la materia, emitio opinion favorable sobre el proyecto de manual de operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", propuesto por la MORDAZA autoridad del indicado programa; Que, el articulo 5 del Decreto Supremo N° 081-2011PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2012-MIDIS, establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social aprueba, mediante resolucion ministerial, el manual de operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"; Con el visado del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administracion Publica; la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0012011-MIDIS;

Articulo 1º.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", el cual forma parte integrante de la presente resolucion ministerial. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion ministerial y del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" en el MORDAZA electronico del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (www.midis.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social

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ENERGIA Y MINAS
Precisan cronograma para la MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada correspondiente al ano 2011
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 083-2012-MEM/DGM
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01492-EM, establece que los titulares de la actividad minera estan obligados a presentar anualmente una Declaracion Anual Consolidada - D.A.C.; Que, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 042-2003EM, modificado por Decreto Supremo Nº 052-2010-EM, establece que todos los titulares de la actividad minera, sin distincion de la fase o ciclo en el que se encuentren, estan obligados a presentar anualmente una declaracion jurada de compromiso con el desarrollo sostenible del ejercicio anterior, a traves del Anexo IV de la Declaracion Anual Consolidada (DAC); el que sera presentado en el mismo plazo y bajo las mismas disposiciones referidas al procedimiento de MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada (DAC), conforme a lo senalado mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Mineria; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 184-2005MEM/DM se aprobo el formulario de la Declaracion Anual Consolidada - D.A.C.; disponiendo en su articulo 3º que la Direccion General de Mineria, mediante resolucion directoral, sera la encargada de precisar la forma y fecha de MORDAZA del formulario mencionado; Que, en consecuencia, es necesario establecer la fecha y forma de MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada - D.A.C. correspondiente al ano 2011, a efectos de que los titulares de la actividad minera cumplan con la obligacion contenida en el articulo 50º de la Ley General de Mineria; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar que el plazo de MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada - D.A.C. correspondiente al ano 2011 vencera de acuerdo al siguiente cronograma, considerando el ultimo digito del numero de Registro Unico de Contribuyentes - RUC de los titulares de la actividad minera. Se contempla dentro de este cronograma a los titulares de actividad minera que no cuenten con numero de RUC.
ULTIMO DIGITO DEL RUC Titulares Sin RUC 0-1 2-3 FECHA DE VENCIMIENTO 22 de junio de 2012 25 de junio de 2012 26 de junio de 2012