Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2012 (17/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468611

Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en su Articulo 75 senala:"75.1.Son transferencias financieras los traslados de fondos publicos, con exclusion de los recursos del Tesoro Publico y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito, que se realiza entre entidades del Sector Publico sin contraprestacion alguna, para el cumplimiento de las Actividades y Proyectos aprobados en los Presupuestos institucionales de las entidades de destino (...)". Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en su articulo 12 regula lo relativo a las transferencias financieras permitidas entre entidades durante el ano fiscal 2012 senalando lo siguiente: "12.1.Autorizase en el presente ano fiscal la realizacion, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades que a continuacion se detallan: (...) c)Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversion publica, y mantenimiento de carreteras, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripcion del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del presente literal solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2012". Asimismo, se establece "(...) 12.2. Las transferencias financieras autorizadas en el parrafo 12.1 se realizan (...) y, en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, respectivamente, requiriendose en ambos casos, el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad (...) el acuerdo del consejo regional se publica en el Diario Oficial El Peruano (...)". Que, con Oficio Nº 081-2012-P.R./GOB.REG.TAC de fecha 27 de marzo del 2012, recepcionado el 28 del mismo mes y ano, el Presidente Regional remite el expediente administrativo relacionado con la solicitud efectuada por la Municipalidad Distrital de Estique sobre la Transferencia del saldo pendiente para la obra "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema Integral de Saneamiento Basico de la Localidad de Estique ­ Tarata" por el monto de S/. 742,249.00 (Setecientos cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y nueve con 00/100 nuevos soles), adjuntando una serie de documentos e informes. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0222011 ­ CR/GOB.REG.TACNA de fecha 27 de septiembre del 2011 se aprobo la transferencia financiera inicial del Gobierno Regional de Tacna, a favor de la Municipalidad Distrital de Estique, para cofinanciar la ejecucion de las obras: "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema Integral de Saneamiento Basico de la localidad de Estique ­ Tarata", codigo SNIP Nº 78125 y "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema Integral de Saneamiento Basico del Centro Poblado Menor de Talabaya ­ Estique ­ Tarata" codigo SNIP Nº 78199, por el monto de S/. 700,000,00 para el ano fiscal 2011. Que, segun Convenio Especifico Nº 013-2011/ GOB.REG.TACNA de fecha 29 de setiembre del 2011 celebrado entre la Municipalidad Distrital de Estique y el Gobierno Regional de Tacna, se establecio: "CLAUSULA SEGUNDA: (...). El Gobierno Regional de Tacna, realizara la transferencia por un total de S/. 1´442,249.00 a favor de la Municipalidad (...)" " CLAUSULA TERCERA (...) Recepcionar la documentacion de los gastos efectuados por el monto total transferido ascendente a S/. 700,000 nuevos soles. El Gobierno Regional de Tacna, transferira el saldo pendiente ascendente al monto de S/. 742, 249.00 en el ano fiscal 2012, para culminacion de la obra "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema Integral de Saneamiento Basico de la Localidad de Esquite ­ Tarata". Que, con el Oficio Nº 268-2012-GRPPAT-GOB. REG.TACNA del 15 de febrero de 2012 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Oficio Nº 203-2012ORAJ/GOB. REG. TACNA del 15 de marzo de 2012 emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica, el Informe Nº 073-2012-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 20 de marzo del 2012, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el Oficio Nº 880-2012-ORA/GOB.REG.TACNA del 12 de MORDAZA del 2012 emitido por la Directora Regional de Administracion, el Informe Nº 27-2012-ORA-OECONT/ GOB.REG.TACNA del 10 de MORDAZA del 2012 emitido por el Director Ejecutivo de Contabilidad, el Informe Nº 0862012-GRPPAT-SGPRE/GOB.REG.TACNA del 11 de MORDAZA

del 2011 emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto, el Informe Nº 37-2012-ORA-OECONT/GOB.REG.TACNA de fecha 24 de MORDAZA dl 2012 emitido por el Director Ejecutivo de Contabilidad, el Oficio Nº 1008-2012-GGR-OES/GOB. REG.TACNA del 26 de MORDAZA del 2012 emitido por la Oficina Ejecutiva de Supervision, el Informe Nº 104-2012ACV-OES-GGR-GOB.REG.TACNA del 24 de MORDAZA del 2012 emitido por el Supervisor de Obra, etc, se sustenta y recomienda la aprobacion de la presente propuesta normativa. Que, de la documentacion precedente se puede establecer que respecto a la transferencia inicial efectuada a favor de la Municipalidad Distrital de Estique en el ano 2011 mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 022-2011-CR/GOB.REG.TACNA, de los S/. 700,000.00 considerados, S/. 23, 031.00 correspondian a supervision a cargo del Gobierno Regional de Tacna es asi que lo realmente transferido a dicha municipalidad fue la suma de S/. 676,969.00 y no el total de los S/. 700,000.00 considerados en los informes remitidos al Consejo Regional de Tacna y que sirvieron de sustento para la emision del MORDAZA referido Acuerdo de Consejo Regional; por lo que, debe modificarse considerando el monto realmente transferido. Asi mismo, el monto de la MORDAZA transferencia no resulta ser por los S/.742,249.00, tal como se indica en el Oficio Nº 081-2012-P.R./GOB.REG.TAC. de fecha 27 de marzo de 2011 remitido por Presidencia Regional, si no que el monto efectivo es por la suma de S/. 717.457.00, ello considerando la reduccion de S/. 24, 792.00 por la supervision a cargo de GRT, situacion que debe considerarse para efectos de la aprobacion de la citada MORDAZA transferencia. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unanimidad en Sesion Ordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobierno Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013,28926,28961,28968 y 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Articulo Primero.- MOFIDICAR el articulo primero del Acuerdo de Consejo Regional Nº 022-2011-CR/ GOB. REG.TACNA de fecha 27 de setiembre del 2011, aprobado en sesion de Consejo Regional de Tacna de la misma fecha, el cual queda redactado en los terminos siguientes: "Articulo Primero.- APROBAR LA TRANFERENCIA FINANCIERA INICIAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE, PARA COFINANCIAR LA EJECUCION DE LAS OBRAS: "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO BASICO DE LA LOCALIDAD DE ESTIQUE-TARATA", CODIGO SNIP Nº 78125 y "MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO BASICO DEL CENTRO POBLADO MENOR DE TALABAYA- ESTIQUE ­ TARATA", CODIGO SNIP Nº 78199, POR EL MONTO DE S/. 676,969.00 ( SEISCIENTOS SETENTISEIS MIL NOVECIENTOS SESENTINUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES) PARA EL ANO FISCAL 2011" Articulo Segundo.- APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE, para la culminacion del Proyecto " MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA INTEGRAL DE SANEAMIENTO BASICO DE LA LOCALIDAD DE ESTIQUE - TARATA", con Codigo SNIP Nº 78125, por el monto de S/. 717,457.00 ( SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTISIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES) PARA EL ANO FISCAL 2012, que corresponde al saldo de la transferencia inicial efectuada mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 022-2011-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 27 de setiembre del 2011. Articulo Tercero.- DISPONER que la Presidencia Regional, la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demas entes regionales implementen el presente acuerdo. Articulo Cuarto.- DIFUNDIR el contenido del presente en el MORDAZA Electronico de la institucion, conforme lo