Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2012 (11/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460801

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de emergencia la Region MORDAZA
ACUERDO REGIONAL Nº 020-2012-GRA/CR-AREQUIPA MORDAZA, 10 de febrero del 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria aprobo el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, dada la magnitud con la que se viene produciendo la presente estacion de lluvias en diferentes distritos y provincias de la Region, y, los estragos que estas estan generando tanto en las zonas altas como en los valles y poblaciones aledanas a los MORDAZA de nuestra Region. Que, en atencion al colapso de los sistemas de desague, danos a viviendas urbanas y rurales, afectacion de servicios, perdida de areas de cultivo, afectacion general de carreteras, caminos y puentes, y tambien, la afectacion de las redes y sistema de riego. Que, ante las Declaratorias de Situacion de Emergencia que vienen formalizando los Gobiernos Locales Distritales y Provinciales de la Region, y, estando a la recomendacion expresada por la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, a traves del Informe Nro. 069-2012-GRA/ ORDNDDC de fecha 09 de febrero de 2012, entonces, por estas consideraciones, siendo que los Acuerdos del Consejo Regional expresan decisiones regionales sobre: ((a)) asuntos internos, ((b)) asuntos de interes publico, ((c)) asuntos de interes ciudadano; y/o, ((d)) asuntos institucionales; y tambien, declaran la voluntad para que: ((e)) se practique un determinado acto; y/o, ((f)) se observe una conducta o MORDAZA institucional; y, al MORDAZA de la Ley 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion, la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; exonerado el tramite de comision y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nro. 055-AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- DECLARAR en Situacion de Emergencia la Region MORDAZA por el plazo de (60) dias calendario, a efecto de que la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, los Gobiernos Locales Distritales y Provinciales ejecuten acciones urgentes y necesarias para la atencion oportuna y adecuada de las emergencias en la presente estacion de lluvias, para lo cual, debera observarse estrictamente la Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y su Reglamento. Segundo.- SOLICITAR al Gobierno Nacional declare en Estado de Emergencia la Region MORDAZA, y en consecuencia, asigne recursos suficientes para la ejecucion de acciones urgentes e inmediatas tanto para la prevencion de desastres mayores, como para la rehabilitacion de las diferentes zonas afectadas. Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario Regional de Avisos Judiciales. POR TANTO: Registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGREVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA 752567-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Conforman la "Mesa Coordinadora de Descontaminacion y Tratamiento Integral de la Sub MORDAZA del Huatanay"
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2011-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha docedediciembredel ano dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Declara de Necesidad Publica y Prioridad Regional la Descontaminacion y Recuperacion Integral de la Sub MORDAZA del Rio Huatanay y Afluentes; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales,establece que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Asimismo, el articulo 6° establece que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado con la dinamica geografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. Que, el inciso g) del articulo 9° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales son competentes para: Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Que, el inciso a) del articulo 53° establece como funcion de los gobiernos regionales en materia ambiental, entre otras: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. Complementariamente, el inciso d) senala: Proponer la creacion de las areas de conservacion regional y local en el MORDAZA delSistema Nacional de Areas Protegidas. Que, mediante Ordenanza Regional N° 013-2007-CRGRC.CUSCO, se declara de necesidad publica y prioridad regional la conservacion, preservacion y uso adecuado de los Recursos Hidricos de la Region MORDAZA y se conforma el Grupo Tecnico Especializado del Sistema Regional