Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2012 (11/02/2012)
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TEXTO DE LA PÁGINA 35
El Peruano MORDAZA, sabado 11 de febrero de 2012
NORMAS LEGALES
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normas modificatorias, y el articulo 32° del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 009-2006-EF/94.10, dispone que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores materia de la solicitud a que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada por el articulo 37°, inciso a)2, del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 009-2006EF/94.10; Que, el articulo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion N° 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52° del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 0079-1997EF/94.10 y por el articulo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA de los valores denominados "Segunda Emision del MORDAZA Programa de Bonos Corporativos Mibanco", "Quinta Emision del MORDAZA Programa de Bonos Corporativos Mibanco" y "Cuarta Emision del MORDAZA Programa de Certificados de Deposito Negociables Mibanco". Articulo 2º.- Disponer la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores senalados en el articulo anterior. Articulo 3°.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4°.- Transcribir la presente Resolucion a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. en calidad de emisor; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas
Disponen exclusion de la "Primera Emision del Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Scotiabank Peru" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 013-2012-SMV/11.1 MORDAZA, 1 de febrero de 2012 El Intendente General de Supervision de Conductas VISTOS: El Expediente N° 2012001738, asi como el Informe Interno N° 089-2012-SMV/11.1 de fecha 01 de febrero de 2012, de la Intendencia General de Supervision de Conductas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de enero de 2012, Scotiabank Peru S.A.A. solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Scotiabank Peru", por haber vencido el plazo de vigencia de las citadas emisiones sin que hayan sido colocadas en el mercado; Que, con fecha 17 de enero de 2012 y de acuerdo con el inciso a) del articulo 132° de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus normas modificatorias, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la decision de admitir el deslistado de los valores indicados en el considerando precedente y de elevar el expediente administrativo para los fines correspondientes; Que, respecto de la solicitud objeto de analisis, es necesario senalar que mediante Resolucion Directoral de Emisores Nº 095-2008-EF/94.06.3 de fecha 19 de junio de 2008, se aprobo el tramite anticipado, se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente y se inscribio el "Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Scotiabank Peru", hasta por un monto total en circulacion de US$ 150 000 000.00 (Ciento cincuenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en nuevos soles, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, con fecha 21 de MORDAZA de 2009, se inscribieron automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los valores correspondientes a la "Primera Emision del Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Scotiabank Peru", hasta por el monto de US$ 30 000 000.00 (Treinta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America); Que, se ha verificado de la informacion que obra en los registros de la SMV, respecto a los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero Scotiabank Peru", que vencido el plazo de colocacion, dichos valores no fueron colocados; Que, siendo que la solicitud de deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA y de exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores senalados precedentemente se sustenta en el hecho de haber vencido el plazo de vigencia de la citada emision sin que hayan sido colocados en el MORDAZA, es necesario remitirse al Acuerdo de Directorio de la SMV N° 330-99, el cual establece que los valores inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores cuyo plazo de colocacion MORDAZA vencido sin que dicha colocacion MORDAZA tenido lugar se debe considerar como un caso de cesacion de interes publico, resultando de aplicacion lo dispuesto por el articulo 37°, inciso d), de la Ley del MORDAZA de Valores; Que, el inciso d) del articulo 37º de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el inciso b) del articulo 27° del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV N° 125-98EF/94.10, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion
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Articulo 37 ° .- EXCEPCIONES A LA OPC No es obligatorio realizar una OPC en los siguientes casos: a) Cuando la exclusion se produce por las causales previstas en el articulo 37 inciso b) de la Ley y, a juicio de CONASEV, por las comprendidas en el inciso d) del mismo articulo. (...)". 742484-1