Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2011 (08/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 8 de marzo de 2011

inciso 26) preceptua como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los magistrados y demas servidores del Poder Judicial se desempenen con la mejor conducta funcional; en tal sentido, resulta conveniente que el Presidente de este Organo de Gobierno pueda fijar el radio MORDAZA de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de Ia Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:

de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y Organo de Control Institucional del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Primero.- Delegar al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Ias siguientes facultades a que se refiere el articulo 82°, incisos 7), 8), 21), y 30), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; con cargo a dar cuenta al Consejo Ejecutivo: A) Fijar el horario del Despacho Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. B) Aprobar el Cuadro de Terminos de la Distancia, asi como revisar periodicamente el valor de los costos, multas y depositos correspondientes y otros que se establezcan en el futuro. C) Aprobar propuestas de convenios interinstitucionales que cuenten con opinion favorable; y, D) Definir las politicas para la concesion de los servicios conexos y complementarios a la administracion de justicia. Articulo Segundo.- Otorgar al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las siguientes facultades: A) Fijar el radio MORDAZA de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. B) Emitir pronunciamiento en solicitudes de creacion, prorroga, conversion y/o reubicacion de organos jurisdiccionales, que cuenten con opinion negativa. Articulo Tercero.- Precisar que corresponde a Ia Gerencia General, como organo ejecutivo, tecnico y administrativo del Poder Judicial, realizar las siguientes funciones previstas en el articulo 82°, incisos 17), 19) y 23) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; debiendo dar cuenta al Consejo Ejecutivo: A) La supervision, conservacion y buen recaudo de los bienes incautados. B) El aseguramiento de la progresiva habilitacion y adecuacion de locales judiciales a nivel nacional, en los cuales funcionen los organos jurisdiccionales con su respectivo personal auxiliar; y, C) Garantizar el pago integro de las remuneraciones de los magistrados y demas servidores del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Delegar a Ia Gerencia General del Poder Judicial la facultad de disponer el desarrollo de los sistemas de informatica que faciliten eficiencia en Ia funcion de gestion y en el eficaz control de Ia conducta funcional y del trabajo jurisdiccional de todos los miembros del Poder Judicial, de acuerdo a lo preceptuado por el inciso 20) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de Ia Ley Organica del Poder Judicial; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Delegar al Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial, la coordinacion con la Academia de la Magistratura el desarrollo de actividades de capacitacion para los magistrados, de acuerdo a los senalado en el inciso 22) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y disposiciones pertinentes de la Ley de la MORDAZA Judicial. Articulo Sexto.- Puntualizar que las atribuciones objeto de precision o delegacion segun lo senalado en los articulos precedentes, comprende la resolucion de todo MORDAZA vinculado a cada ambito de las materias indicadas. Articulo Setimo.- Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a lo expresamente regulado en la presente resolucion. Articulo Octavo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control

MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA

610690-3

Disponen cese por limite de edad de magistrado en el cargo de Juez Titular del Tercer Juzgado de Familia de la sede del Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 092 - 2011 - CE - PJ
MORDAZA, 2 de marzo de 2011 VISTO: El Oficio N° 1074-2010-GPEJ-GG-PJ, cursado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial con relacion al cese por limite de edad del doctor MORDAZA MORDAZA Ancon MORDAZA, Juez Titular del Tercer Juzgado de Familia de la sede del Distrito Judicial del Cusco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion N° 57/77-TA.S, de fecha 7 de octubre de 1977 el Consejo Nacional de Justicia nombro al doctor MORDAZA MORDAZA Ancon MORDAZA en el cargo de Juez de Tierras; asimismo, a traves de la Resolucion N° 163-2006-CNM, de fecha 27 de MORDAZA de 2006 se dispuso su reincorporacion como Juez Especializado Titular, siendo designado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA como Juez Titular del Tercer Juzgado de Familia de la sede del mencionado Distrito Judicial; Segundo: Que, el articulo 107° de la Ley de la MORDAZA Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por cesantia o jubilacion y por alcanzar la edad limite de setenta (70) anos; Tercero: Al respecto, del Oficio N° 1074-2010-GPEJGG-PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado magistrado nacio el 1 de marzo de 1941, y en consecuencia el 1 de marzo del ano en curso cumplio setenta (70) anos de edad; correspondiendo en via de regularizacion disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer en via de regularizacion, el cese por limite de edad del doctor MORDAZA MORDAZA Ancon MORDAZA en el cargo de Juez Titular del Tercer Juzgado de Familia de la sede del Distrito Judicial del MORDAZA, con