Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2011 (08/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 8 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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(...) d. Certificado Negativo de Gravamenes y/o anotacion de Ficha Registral, de ser el caso, que senale que no tiene ningun gravamen o carga; excepto las provenientes de servidumbres de acueducto, electroducto, de luz, vistas y desagues, asi tambien las hipotecas constituidas por creditos solicitados para la realizacion de actividades agropecuarias; del mismo modo, las cargas provenientes de las transferencias que realiza el Gobierno Central, Regional y Local relacionadas con la construccion de viviendas. (...)" Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

610601-1

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Modifican las RR.JJ. Nºs. 133 y 1342010/SIS
RESOLUCION JEFATURAL Nº 026- 2011/SIS
MORDAZA, 2 de marzo de 2011. VISTOS: El Informe Nº 02-2011-SIS-GO/GF/GM de las Gerencias de Operaciones, Financiamiento y Mercadeo, y el Informe N° 060-2011-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud (SIS) como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud, calificado mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, como Organismo Publico Ejecutor, con la mision de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de la poblacion carente de seguro de salud, con especial atencion en los mas pobres y vulnerables, de conformidad con la politica del sector; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, senala que el aseguramiento universal en salud es un MORDAZA orientado a lograr que toda la poblacion residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y de dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), dentro de un criterio de gradualidad y progresividad; Que, el articulo 17° de la acotada Ley, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, pueden ofrecer Planes que complementen el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS). La regulacion de los Planes Complementarios asi como la fiscalizacion del cumplimiento estan a cargo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (SUNASA); Que, mediante el Decreto Supremo N° 016-2009-SA, se aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), como el listado de Condiciones Asegurables, Intervenciones y Prestaciones y las Garantias Explicitas, que como minimo son financiadas a todos los asegurados por las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, MORDAZA estas publicas, privadas o mixtas; Que, el articulo 99° del Reglamento de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado

mediante Decreto Supremo N° 008-2010-SA, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), pueden ofrecer Planes Complementarios al PEAS; asimismo en el articulo 100° del acotado Reglamento, faculta a las IAFAS a estructurar los planes complementarios respetando las condiciones del PEAS. El valor de los mismos es determinado en funcion de la extension y caracteristicas de la cobertura ofertada; Que, mediante Resolucion de Intendencia General Nº 008-2011-SUNASA/IG de fecha 25 de enero de 2011 el Seguro Integral de Salud se encuentra registrado como IAFAS PUBLICA en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, con el certificado de Registro Provisional Nº 0001-2011-IP/SUNASA; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 133-2010/SIS, se aprueba la Directiva N° 05-2010-SIS/GO "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud y sus anexos"; Que, por Resolucion Jefatural N° 134-2010/SIS, se aprueba la Directiva N° 01-2010-SIS/J que establece la Cobertura Extraordinaria de Enfermedades para el Regimen Subsidiado del Seguro Integral Salud en el ambito del Aseguramiento Universal y sus anexos; Que, con informe conjunto de vistos las Gerencias de Operaciones, Financiamiento y de Mercadeo, sustentan que resulta necesario especificar que la cobertura prestacional descrita en los articulos 1° de las Resoluciones Jefaturales N° 133 y 134-2010/SIS, corresponden a Planes Complementarios al PEAS, en el MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 99° y 100° del Reglamento de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud; Que, con el visto de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Financiamiento y Gerencia de Mercadeo, asi como con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el inciso i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el Articulo 1° de la Resolucion Jefatural N° 133-2010/SIS, con el siguiente texto: "Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 05-2010-SIS/ GO Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas que en Anexos forman parte integrante de la presente Resolucion." Articulo 2°.- Modificar el Articulo 1° de la Resolucion Jefatural N° 134-2010/SIS, con el siguiente texto: "Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 01-2010-SIS/ J Directiva que establece disposiciones sobre el Plan Complementario al PEAS, denominado Cobertura Extraordinaria de Enfermedades para el Regimen Subsidiado del Seguro Integral de Salud en el ambito del Aseguramiento Universal en Salud y sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolucion." Articulo 3°.- Disponer que Secretaria General, en coordinacion con la Gerencia de Operaciones, remitan en fisico y en magnetico a la SUNASA, los Planes Complementarios al PEAS materia de aprobacion por las RR.JJ. N° 133 y 134-2010/SIS, para los fines que correspondan. Articulo 4°.- Encargar a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Oficina de Informatica y Estadistica la difusion en la pagina web del Seguro Integral de Salud. Registrese, Comuniquese y Publiquese. MORDAZA MORDAZA HUARACHI MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud

610860-1