Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2011 (08/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Nombres y Apellidos Gaudens MORDAZA Gozar MORDAZA MORDAZA Huarajo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tavera MORDAZA MORDAZA Yallico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Clase Economica US$ 350.34 350.34 350.34 350.34 350.34 350.34 Pasaje Terrestre US$ 60.00 60.00 60.00 60.00 60.00 60.00

NORMAS LEGALES
Viaticos por dia US$ 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 200.00 Viaticos por dia S/. 180.00 180.00 180.00 180.00 180.00 180.00 Numero de dias Ecuador 8+1 8+1 8+1 8+1 8+1 8+1 MORDAZA 2 2 2 2 2 2 Total viaticos US$ 1,800.00 1,800.00 1,800.00 1,800.00 1,800.00 1,800.00

El Peruano MORDAZA, martes 8 de marzo de 2011

Total Viaticos S/: 360.00 360.00 360.00 360.00 360.00 360.00

Tarifa Aeropuerto 10.54 10.54 10.54 10.54 10.54 10.54

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno al MORDAZA, los citados funcionarios presentaran ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistiran; asimismo, deberan presentar la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos

aduanero; cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

610793-2

VIVIENDA
Modifican el Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional en el area rural para las modalidades de aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 068-2011-VIVIENDA
MORDAZA, 4 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga por una sola vez a un grupo familiar beneficiario, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y del esfuerzo constructor de los beneficiarios; para ser destinado exclusivamente a la adquisicion, construccion y mejoramiento de una vivienda de interes social; considerandose beneficiarios exclusivos del BFH, las familias en los ambitos MORDAZA y rural, que carecen de recursos suficientes para obtener o mejorar una solucion habitacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009VIVIENDA, elevado a rango de Ley a traves de la Ley Nº 29589, se declara de interes prioritario la ejecucion de programas de vivienda en el area rural para atender el deficit cuantitativo y cualitativo de vivienda existente en el MORDAZA, a traves del otorgamiento del BFH, bajo las modalidades de construccion en sitio propio o de mejoramiento de vivienda en el area rural; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 320-2009VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional en area rural-BFHR, para las modalidades de aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda; Que, la Direccion Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, a traves del Informe Nº 488-2010/VIVIENDA/VMVU-DNV, propone la modificacion al Reglamento Operativo citado, con la finalidad de viabilizar la postulacion a los programas de vivienda en las zonas rurales a traves del otorgamiento del BFHR; De conformidad con la Ley Nº 27792, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto

Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, y la Resolucion Ministerial Nº 320-2009-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional en el area rural para las modalidades de aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Modifiquese el numeral 4.3 del articulo 4, el numeral 9.1 del articulo 9 y los literales b) y d) del numeral 28.1 del articulo 28 del Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional en el area rural para las modalidades de aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 320-2009-VIVIENDA, en los terminos siguientes: "Articulo 4.- Modalidades de Aplicacion (...) 4.3. Para la modalidad de aplicacion de Construccion en Sitio Propio o de Mejoramiento de Vivienda, la postulacion es de manera individual. Sin embargo, para su inscripcion ante el Registro, la ETR presentara un conjunto de GFs. Las citadas modalidades son excluyentes para un mismo GF." "Articulo 9.- Conjunto de Grupos Familiares 9.1 Los GF que postulen deben conformar un conjunto de GFs, debiendo sus predios estar ubicados de manera cercana y contar con facil acceso entre ellos. (...) " "Articulo 28.- Requisitos para el Registro de Proyectos Para inscribir un Proyecto la ETR presentara la MORDAZA legalizada o certificada por el Juez de Paz de la localidad, del DNI del representante del conjunto del GF, asi como la relacion de los Jefes de Familia del conjunto, incluyendo nombres y apellidos, y el expediente conteniendo la siguiente documentacion por cada GF: 28.1. Formulario de solicitud de registro, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada suscrito por la ETR, adjuntando lo siguiente: (...) b. MORDAZA del DNI del Jefe de Familia del GF;