Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2011 (22/07/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

447000

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2011

Articulo 136. Inclusion de las actividades productivas forestales y de fauna MORDAZA en el Programa de Compensaciones para la Competitividad Incorporase a las comunidades campesinas y nativas y a los medianos y pequenos productores que realizan actividades de aprovechamiento forestal y de fauna MORDAZA, plantaciones forestales y sistemas agroforestales, como beneficiarios del Programa de Compensaciones para la Competitividad establecido por el Decreto Legislativo 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, aplicable a todas las modalidades de titulos habilitantes considerados dentro de la presente Ley. TITULO III Investigacion, monitoreo y educacion Articulo 137. Declaracion de interes nacional Declarase de interes nacional la investigacion, el desarrollo tecnologico, la mejora del conocimiento y el monitoreo del estado de conservacion del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA de la Nacion. Articulo 138. Investigacion y monitoreo del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA El Estado, a traves de entidades educativas de investigacion o mediante iniciativas privadas, prioriza, promueve y coordina la investigacion basica y aplicada, asi como el desarrollo tecnologico en el manejo, aprovechamiento, transformacion, conservacion, mejoramiento, propagacion, forestacion, reforestacion, cria en cautividad, comercio y mercadeo para el mejor aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre. De igual modo, promueve la difusion de los resultados de la investigacion y de los procesos educativos. El Serfor, en coordinacion con las autoridades regionales y titulares de titulos habilitantes, establece una red ecologicamente representativa de estaciones de investigacion forestal y de fauna MORDAZA, unidades demostrativas de manejo forestal y parcelas permanentes de monitoreo, a fin de consolidar una iniciativa de investigacion de largo plazo centrada en asegurar la produccion sostenible y monitorear el estado de conservacion de dichos recursos. La administracion de estas estaciones puede tercerizarse. Articulo 139. Plan Nacional de Investigacion Forestal y de Fauna MORDAZA El Plan Nacional de Investigacion Forestal y de Fauna MORDAZA considera, entre otros aspectos, la relacion de investigaciones prioritarias para la toma de decisiones, el desarrollo forestal y los mecanismos necesarios para promoverlas. Articulo 140. Extraccion y exportacion para investigacion cientifica o proposito cultural La autoridad regional forestal y de fauna MORDAZA otorga autorizaciones para extraccion de recursos forestales y de fauna MORDAZA con fines de investigacion cientifica. El Serfor otorga autorizacion cuando se trata de: a. b. c. d. Especies categorizadas como amenazadas. Especies consideradas en los Apendices CITES. Cuando la investigacion cientifica involucre acceso a recursos geneticos. Propositos culturales.

Articulo 141. Educacion y formacion forestal y de fauna MORDAZA El Estado, ejerciendo su obligacion educativa, promueve: a. La educacion forestal y de fauna MORDAZA con enfoque de genero e interculturalidad y la formacion de excelencia a nivel profesional y tecnico. La creacion de conciencia nacional forestal y de fauna silvestre. La formacion y capacitacion de profesionales y tecnicos de la administracion publica y de las comunidades campesinas y nativas y de los actores del sector privado vinculados a la materia para asegurar acceso equitativo a las oportunidades de ejercicio tecnico y profesional. Programas vivenciales que vinculen las escuelas con la conservacion de los bosques y la fauna silvestre.

b. c.

d.

Para tales efectos, el Estado: 1. A traves del Serfor, implementa el Plan de Desarrollo de Capacidades de acuerdo a los lineamientos generales que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir). A traves del Serfor, las autoridades regionales forestales y de fauna MORDAZA, el Ministerio de Educacion y las autoridades regionales de educacion, incorpora en los curriculos educativos de todos los niveles materias en asuntos forestales y de fauna MORDAZA acordes a la realidad de las distintas regiones del pais. A traves de los Ministerios de Agricultura, de Educacion, de Defensa y del Interior, establece la participacion de estudiantes de las instituciones educativas y del personal de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru en la ejecucion de programas oficiales de forestacion y reforestacion. Promueve y ejecuta, con participacion de los pueblos indigenas, al MORDAZA del Convenio 169 de la OIT, a favor de estos, asistencia tecnica, programas y otras iniciativas interculturales de formacion profesional y tecnica en materia forestal y de fauna silvestre. TITULO IV Transparencia en la gestion forestal y de fauna MORDAZA Articulo 142. Acceso a la informacion Todas las entidades que forman parte del Sinafor ponen a disposicion publica los planes de manejo operativos y planes generales de manejo forestales que hayan sido aprobados MORDAZA de la presente Ley y en el MORDAZA de la misma, asi como los informes de supervision y verificacion cuyos procedimientos administrativos hayan concluido. Se clasifican como confidenciales ciertas secciones de los planes, para lo cual se implementan los procedimientos establecidos en la ley de la materia. No se clasifica como confidencial la informacion sobre la relacion de especies forestales sujetas a aprovechamiento, balance de extraccion, deudas respecto a titulos habilitantes, impactos ambientales ocasionados por el desarrollo de la actividad y medidas silviculturales. Articulo 143. Plan Anticorrupcion Forestal y de Fauna MORDAZA El Serfor es responsable de conducir el MORDAZA participativo de elaboracion e implementacion del Plan Anticorrupcion Forestal y de Fauna MORDAZA, el que se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Agricultura y por los titulares de los sectores involucrados. Articulo 144. Unidad de atencion especializada El Serfor establece una unidad de atencion especializada de transparencia y recepcion de aportes de la sociedad civil.

2.

3.

4.

La colecta o extraccion de recursos forestales y de fauna MORDAZA con fines de investigacion orientada a determinacion de genotipo, filogenia, sistematica y biogeografia es autorizada siguiendo procedimientos simplificados establecidos por el Serfor. Los requisitos y procedimientos para la colecta o extraccion y la exportacion de especimenes de MORDAZA y fauna MORDAZA con fines de investigacion o proposito cultural lo establece el reglamento de la presente Ley teniendo en cuenta las normas especificas relacionadas.