Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2011 (08/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 8 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que mediante Escrito N° 0588 de fecha 25-01-2011 presentado por la Coordinadora Pastoral Carcelaria del Obispado del Callao Hna: MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien solicita la aprobacion de certificado domiciliario dicho documento es requisito obligatorio para que puedan obtener su MORDAZA para los Internos Extranjeros y de Provincias de los diferentes Penales de MORDAZA y Callao; Que, mediante Mocion de Orden del Dia presentado por la Senora Regidora MORDAZA MORDAZA Larenas MORDAZA, Presidenta de la Comision de Administracion Economia y Presupuesto, fundamenta la Mocion de Orden del Dia del Proyecto de Ordenanza indicando que es necesario que el Concejo apruebe la Exoneracion del Derecho de Pago del Certificado Domiciliario cuyo costo es de S/.3.00.00 Nuevos Soles segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA de esta Comuna, como ayuda social a los internos para que puedan obtener su MORDAZA tanto Extranjeros como de Provincias que se tramite por la Coordinadora Pastoral Carcelaria-Oficina de Pastoral de la MORDAZA PSC- Obispado del Callao; Que, conforme establece el articulo 9º numeral 8) de Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades es una atribucion del concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, conforme establece el articulo 9º, numeral 9), de Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades es una atribucion del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, de conformidad con el articulo 34º del Reglamento Interno del Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006-MDLP, dice expresamente "que solo los Proyectos que cuenten con Informes o Dictamenes de Comisiones, o hayan sido dispensados del tramite de Comisiones pasaran a la estacion de Orden del dia para su discusion y votacion"; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comision de Administracion,

Economia y Presupuesto, pase a Orden del Dia para su discusion y votacion; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando con la conformidad mediante el Memorandum N° 040-2011-GSG-MDLP emitido por la Gerencia de Secretaria General, el Memorandum N° 188-2011-GAJ-MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) y 9) del articulo 9°, el articulo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de los (as) Senores (as) Regidores (as), con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar la Exoneracion del Derecho de Pago de S/. 3.00 Nuevos Soles para obtener el Certificado de Domicilio para los Internos Extranjeros y de Provincias de los diferentes Penales de MORDAZA y Callao, tramitados por la Coordinadora Pastoral CarcelariaOficina de Pastoral de la MORDAZA PSC- Obispado del Callao. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Sub-Gerencia de Registro Civil. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION