Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2011 (08/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 8 de febrero de 2011

debido al complejo procedimiento y adopcion de acuerdos necesarios para la elaboracion de las Bases y Terminos de referencia del MORDAZA de seleccion y considerando las observaciones formuladas a las mismas, las cuales requieren ser superadas; se hace necesario conceder un MORDAZA periodo en que sera ejecutado el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", asi como un MORDAZA plazo para la MORDAZA de las Bases y Terminos de referencia del MORDAZA de seleccion; Que, conforme al numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta conveniente emitir el acto por el cual se conceda a la referida Comision Sectorial un MORDAZA plazo para el periodo de ejecucion del citado Programa y para la MORDAZA de las referidas Bases y Terminos; Con el visado de la Viceministra de Pesqueria, de los Directores Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer un MORDAZA periodo de ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", debiendo comprender a partir del 1 de junio de 2011 al 31 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- Autorizar un MORDAZA plazo hasta tres (3) dias calendario, desde la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, para que la "Comision Sectorial encargada de elaborar las Bases y Terminos de Referencia, convocar y conducir el MORDAZA de seleccion de la (s) empresa (s) que ejecutaran el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", para el periodo comprendido del 1 de junio de 2011 al 31 de MORDAZA de 2014", conformada por Resolucion Ministerial Nº 219-2010-PRODUCE, presente al Despacho Ministerial las Bases y Terminos de referencia MORDAZA referida, para la aprobacion correspondiente. Articulo 3º.- Disponer que las Resoluciones Ministeriales Nº 219-2010-PRODUCE y Nº 273-2010PRODUCE, mantienen su vigencia en todo lo que no se oponga a la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA electronico del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe.; sin perjuicio de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de la Produccion
600440-1

Que, en el numeral 77 de la referida Tarifa de Derechos Consulares se establece el monto del pago que deben efectuar los connacionales en las oficinas consulares en el exterior, por inconcurrencia a la instalacion de las mesas de sufragio o negativa a su conformacion; Que, con el Decreto Supremo Nº 011-2006-RE se establecio el monto del numeral 77 de la Tarifa de Derechos Consulares en funcion de la Unidad Impositiva Tributaria aplicable para el ano 2006; Que, por Decreto Supremo Nº 252-2010-EF se determino el valor de la Unidad Impositiva Tributaria en S/. 3,600.00 nuevos soles para el ano 2011, por lo que resulta necesario recalcular el monto de la citada multa electoral aplicable en el exterior; Que, la Resolucion Nº 013-2011-JNE del MORDAZA Nacional de Elecciones, determina que para el ano 2011, la cuantia de la multa que deben abonar los ciudadanos peruanos residentes en el exterior en funcion de la citada Unidad Impositiva Tributaria, sera de US$ 64.00 por inconcurrencia a la instalacion de la mesa de sufragio o negativa a su conformacion; Que, es necesaria la actualizacion de la Tarifa de Derechos Consulares en lo que respecta a su numeral 77 sobre multa electoral, para su aplicacion por las oficinas consulares peruanas a los nacionales que se encuentren en el exterior; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; Articulo 17 del Decreto Ley Nº 22396; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion en la Tarifa de Derechos Consulares. Modificase el monto del numeral 77 de la Tarifa de Derechos Consulares aprobada por el Decreto Supremo Nº 045-2003-RE, modificada por el Decreto Supremo Nº 011-2006-RE, en los terminos siguientes:
Nº Tarifa 77 Derecho de pago Inconcurrencia a la instalacion de mesa de 64 s/c sufragio o negativa a su conformacion. Naturaleza del Acto

Articulo 2.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de febrero del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas
600449-1

RELACIONES EXTERIORES
Modifican monto del numeral 77 de la Tarifa de Derechos Consulares
DECRETO SUPREMO Nº 021-2011-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 22396 se establecio el MORDAZA legal de la Tarifa de Derechos Consulares, para todos los actos y diligencias que efectuen con caracter oficial las oficinas consulares del Peru en el exterior; Que, la MORDAZA actualizacion integral en la Tarifa de Derechos Consulares se efectuo con el Decreto Supremo Nº 045-2003-RE;

Ratifican el Acuerdo Complementario al Acuerdo MORDAZA suscrito con el Gobierno del Brasil para el Establecimiento de la "Zona de Integracion Fronteriza Peru-Brasil" para la Creacion de un Subgrupo de Trabajo sobre Cooperacion en Materia de Transportes Fluviales en MORDAZA Amazonicos
DECRETO SUPREMO Nº 022-2011-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA