Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2011 (27/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2011

su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar en la web institucional de OSINERGMIN el proyecto de resolucion que aprueba el "Procedimiento para la publicacion de la Banda de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo", para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con lo establecido en el citado Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN y el Articulo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009JUS, MORDAZA citados; Que, se ha emitido el Informe Tecnico Nº 423-2011GART elaborado por la Gerencia de la Division de Gas Natural y el Informe Legal N° 415-2011-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y su Reglamento, en el Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Decreto de Urgencia N° 010-2004, sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias, en el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la publicacion en la pagina Web de OSINERGMIN www2.osinerg.gob.pe, del proyecto de resolucion que aprueba el "Procedimiento para la publicacion de la Banda de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo" con su exposicion de motivos, el Informe Tecnico Nº 423-2011-GART y el Informe Legal N° 415-2011-GART, informes que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada N° 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico N° 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: normasdgn@ osinerg.gob.pe. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cordero. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 06:00 p.m. Articulo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de las opiniones y/o sugerencias que se presenten al proyecto de resolucion prepublicado, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo del OSINERGMIN Articulo 4°.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° XXX-2012-OS/CD MORDAZA, XX de XXXXXXXX de 2012 VISTO: El Informe Tecnico Nº XXX-2012-GART, elaborado por la Gerencia de la Division de Gas Natural, asi como el Informe Legal N° XXX-2012-GART, elaborado por la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 010-2004 y sus modificatorias (en adelante DU 010), se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo (en adelante el Fondo), como un fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios internacionales del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores; Que, mediante el Decreto Supremo N° 142-2004EF y sus modificatorias, se aprobaron las Normas Reglamentarias y Complementarias del DU 010 (en adelante el Reglamento); Que, adicionalmente, la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas (en adelante la DGH), en su condicion de Administrador del Fondo, aprobo el Reglamento Operativo del Fondo, mediante Resolucion Directoral Nº 052-2005-EM-DGH; Que, conforme al numeral 4.1 del DU 010, OSINERGMIN es el encargado de actualizar y publicar, en el diario oficial El Peruano, la Banda de Precios Objetivo (en adelante la Banda) para cada uno de los productos definidos en el Fondo; asimismo, se dispone que la actualizacion se realice en coordinacion con una Comision Consultiva integrada por OSINERGMIN, quien la preside, y por representantes del Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Economia y Finanzas, asi como por las principales empresas establecidas en el MORDAZA vinculadas a la produccion y/o importacion de los Productos; Que, el numeral 6.1 del Reglamento dispone que OSINERGMIN actualizara y publicara de forma bimestral, en el Diario Oficial El Peruano, la Banda, el ultimo jueves de cada bimestre, contado a partir del dia de la entrada en vigencia de la MORDAZA actualizacion de la Banda, la cual entrara en vigencia el mismo dia de su publicacion. Asimismo se indica que la informacion tambien debera ser publicada en la pagina web del OSINERGMIN; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 1692010-OS/CD se designo a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN (en adelante la GART) como el area encargada de actualizar la Banda y publicarla en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Oficio N° 1232-2011-CG/DC, la Contraloria General de la Republica ha solicitado a OSINERGMIN que se tomen las acciones necesarias para la implementacion de la recomendacion contenida en el Informe N° 462-2011-CG/SP-EE, relacionada con la emision de lineamientos a efectos de que las resoluciones de aprobacion de la Banda cuenten con el sustento tecnico respecto a su determinacion y actualizacion, permitiendo su control posterior; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° XXX2011-OS/CD, se publico el proyecto normativo del "Procedimiento para la Publicacion de la Banda de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo", otorgandose un plazo de quince (15) dias calendario, a fin de que los interesados remitan sus comentarios y sugerencias a la GART. En tal sentido, los comentarios y sugerencias presentados han sido analizados en el Informe Tecnico Nº XXX-2012-GART y en el Informe Legal N° XXX-2012GART, habiendose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la MORDAZA, correspondiendo la aprobacion final del citado Procedimiento; Que, los informes mencionados en el considerando anterior, complementan la motivacion que sustenta la