Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2008 (04/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 4 de noviembre de 2008

Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE de lo dispuesto en el articulo 73° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, a efectos de posibilitar el adecuado financiamiento a las deudas y gastos de mantenimiento de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, mediante transferencias financieras de recursos de la Presidencia del Consejo de Ministros y existiendo recursos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas que puedan atender tal finalidad, resulta viable autorizar una transferencia de partidas a favor del citado pliego por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 502 500,00); De conformidad con lo establecido en el articulo 45° de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1°.- Transferencia de Partidas Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, hasta por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 502 500,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO : GOBIERNO CENTRAL 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Administracion y Planeamiento 006 : Planeamiento Gubernamental 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. Gastos Corrientes 0. Reserva de Contingencia TOTAL

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional

2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolucion del Titular del Pliego la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, a los tres dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas 273345-2

Aceptan Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada por el Gobierno de Japon, para financiar la preparacion del Programa "Desarrollo Sostenible del Bajo Urubamba"
RESOLUCION SUPREMA Nº 089-2008-EF

12 502 500,00 -------------------12 502 500,00 -------------------

MORDAZA, 3 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de Japon, a traves del Banco Interamericano de Desarrollo - BID, otorgara una Cooperacion Tecnica No Reembolsable a la Republica del Peru ascendente a US$ 750 000,00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), para financiar la preparacion del Programa "Desarrollo Sostenible del Bajo Urubamba", cuya ejecucion estara a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de la referida Cooperacion Tecnica, asi como autorizar la suscripcion del Convenio ATN/JF-10580-PE que la implemente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y la Ley Nº 27692, Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada por el Gobierno de Japon,

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 001 : GOBIERNO CENTRAL : Presidencia del Consejo de Ministros 003 : Secretaria General ­ PCM 03 : Administracion y Planeamiento 003 : Administracion 0006 : Administracion General 000267 : Gestion Administrativa 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. Gastos Corrientes 4. Otros Gastos Corrientes TOTAL

12 502 500,00 -------------------12 502 500,00 --------------------