Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2008 (04/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 4 de noviembre de 2008

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en las provincias de Tacna, MORDAZA Basadre, Candarave y Tarata del departamento de Tacna
DECRETO SUPREMO Nº 070-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en las provincias de Tacna, MORDAZA Basadre, Candarave y Tarata, del departamento de Tacna, algunos pobladores vienen ocasionando hechos que perturban el orden interno, afectando la integridad fisica de civiles y miembros de la Policia Nacional del Peru asi como la propiedad publica y privada; Que, estos actos afectan el normal desenvolvimiento de las actividades de la poblacion, por lo que es necesario restablecer el orden interno y procurar la defensa de los derechos de los ciudadanos; Que, el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru otorga al Presidente de la Republica la potestad de decretar el Estado de Emergencia en caso de perturbacion MORDAZA o del orden interno o de graves circunstancias que afecten la MORDAZA de la Nacion; Que, numeral 1) del articulo 27 de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos permite que un Estado parte suspenda el ejercicio de determinados derechos humanos cuando exista un peligro publico que amenace su seguridad; Que, los literales b) y d) del numeral 2 del articulo 4º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, fija como competencias del Poder Ejecutivo ejercer las funciones y atribuciones inherentes a -entre otras- la seguridad nacional y al orden interno; De conformidad con lo prescrito por el literal c) del numeral 1 del articulo 8º, el numeral 3 del articulo 11º y el numeral 7 del articulo 25º contenidos en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de Estado de Emergencia Declarese por treinta (30) dias el Estado de Emergencia en las provincias de Tacna, MORDAZA Basadre, Candarave y Tarata del departamento de Tacna. Articulo 2º.Suspension de Derechos Constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Vigencia de la MORDAZA El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MELONI Ministro del Interior MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 273973-1

DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno durante el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Tacna, MORDAZA Basadre, Candarave y Tarata del departamento de Tacna
RESOLUCION SUPREMA Nº 519-2008-DE MORDAZA, 4 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 070-2008-PCM, se declaro el Estado de Emergencia en las provincias de Tacna, MORDAZA Basadre, Candarave y Tarata del departamento de Tacna por el plazo de treinta (30) dias; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del Articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Tacna, MORDAZA Basadre, Candarave y Tarata del departamento de Tacna. La Policia Nacional contribuira al logro de dicho objetivo en las provincias indicadas en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MELONI Ministro del Interior 273973-2