Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2007 (02/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

340821

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban Beneficio de Regularizacion Tributaria por concepto de Impuesto y Tasas de Administracion Local
ORDENANZA Nº 002-2007/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 9 de febrero del 2007 VISTO: en Sesion Ordinaria de la fecha que se indica, la propuesta de la Gerencia de Rentas formulada con Informe Nº 006-2007-GR/MVMT, para otorgar beneficio de regularizacion tributaria por concepto de Impuesto y Tasas de Administracion Local. CONSIDERANDO Que, la Constitucion Politica del Peru consagra en su articulo 194º que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 74º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y del Capitulo I, Titulo II del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004EF, iniciara el MORDAZA de levantamiento de informacion y verificacion predial para actualizar los registros de las declaraciones juradas de los contribuyentes del distrito, y para los predios en que se detecten diferencias en las caracteristicas fisicas de los predios del distrito. Asimismo, se otorgara facilidades a los contribuyentes para que regularicen su situacion; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9° y por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal por mayoria aprueba la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA POR CONCEPTO DE IMPUESTO Y TASAS DE ADMINISTRACION LOCAL Articulo Primero.- Disponer la creacion de la Cedula de Regularizacion del registro de informacion, que sobre su propiedad requieren hacer los contribuyentes. Dicha cedula sera entregada al momento del levantamiento de informacion predial a los contribuyentes que den facilidades a efectos que puedan subsanar sus obligaciones tributarias pendientes con este municipio con los beneficios que esta ordenanza concede. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que se presenten para regularizar sus obligaciones y deudas derivadas de la constatacion consignada en la cedula de regularizacion podran acogerse al beneficio de subsanacion establecido en la presente MORDAZA que contempla los siguientes conceptos: a) Presentaciones de declaraciones juradas de inscripcion o rectificacion del Impuesto Predial por datos presentados en forma completa o por diferencia en las caracteristicas del predio que influyan en la determinacion de obligaciones tributarias municipales. b) Pago del Impuesto Predial. c) Pago de los Arbitrios Municipales de este distrito. d) Otros tramites que sobre su propiedad fuese necesario regularizar en los registros con que cuenta la municipalidad. Articulo Tercero.- Los beneficios otorgados por la presente ordenanza son los siguientes: - Condonacion total de las multas tributarias para los casos de omisos y subvaluadores.

- Condonacion del 100% del interes moratorio. Los beneficios establecidos en este articulo se aplicaran a las construcciones, edificaciones y otras construidas y no declaradas, que se detecten durante el MORDAZA de aplicacion del presente beneficio. Asimismo, no se extenderan los beneficios a las personas que hubieran regularizado su condicion de omisas o hubieran sido detectadas por la Administracion, cancelando o fraccionando su deuda por estos concepto con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza o fuera del MORDAZA de aplicacion del presente beneficio. Articulo Cuarto.- La Gerencia de Rentas esta facultada a conceder fraccionamiento para el pago de las deudas que se generan como consecuencia de la implementacion del presente beneficio en las siguientes condiciones: Se otorgara un fraccionamiento especial a 12 meses, considerando una cuota inicial del 30% de la deuda a fraccionar, con una cuota minima de 100 nuevos soles para el pago de las deudas acumuladas que de acuerdo al Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF. El interes a aplicarse al fraccionamiento establecido en el presente articulo sera el mismo permitido por el articulo 36º del Codigo Tributario. Articulo Quinto.- Vencido el plazo senalado en la Cedula de Regularizacion (30 dias habiles) y de no haberse subsanado el cumplimiento de las obligaciones y pagos de deudas a la Municipalidad, la Gerencia de Rentas dentro del Programa de Fiscalizacion Tributaria que realice procedera a determinar las multas e intereses moratorios por el integro que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo Sexto.- Se encuentran incursos dentro de los alcances de la presente Ordenanza de procedimientos de fiscalizacion tributaria iniciados por la Gerencia de Rentas MORDAZA de efectuarse el levantamiento de la informacion catastral, a fin que con una declaracion jurada rectificatoria procedan a regularizar su situacion tributaria. Articulo Setimo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente norma. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, por un plazo de duracion de 90 dias naturales. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 31824-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJAN
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2007-MDP Paijan, 21 de febrero de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJAN VISTO: Que, en sesion extraordinaria de concejo de fecha 21FEB2007, el Informe N° 014-2007-PVL-MDP de