Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2007 (27/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

La presente Directiva es de aplicacion obligatoria para los proveedores de bienes y/o de servicios interesados en continuar contratando con las Entidades de la Administracion Publica la adquisicion y suministro de bienes o la prestacion de servicios en general y de consultoria distinta de obras. . IV. BASE LEGAL. - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. - Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-EF, en adelante el MORDAZA de CONSUCODE. - Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. V. PROCEDIMIENTO Y PLAZOS DE RENOVACION El tramite de renovacion de la inscripcion de los proveedores de bienes y/o de servicios en el RNP se sujeta a lo siguiente: 1. Disposiciones Generales a) La renovacion de la inscripcion en los capitulos de bienes y de servicios en el RNP se realizara bajo el procedimiento de aprobacion automatica, utilizando la informacion proporcionada por las entidades bancarias autorizadas para recaudar la tasa de renovacion. b) El procedimiento de renovacion de inscripcion se inicia con el pago de la tasa respectiva, la cual esta fijada en funcion al volumen de ventas y/o ingresos anuales brutos del proveedor correspondiente al ano anterior al tramite de renovacion y de acuerdo a la escala especificada en el MORDAZA de CONSUCODE. El pago en efectivo podra efectuarse en cualquiera de las entidades bancarias autorizadas. Para dicho efecto, el proveedor debera indicar al momento de efectuar el pago su voluntad de inscribirse en el RNP, el numero de RUC, la alternativa de inscripcion (Bienes y/o Servicios), y el monto de la tasa a pagar. Dicho pago sera considerado por el sistema del RNP, como un pago por renovacion. c) Una vez efectuado el pago de la tasa para renovar su inscripcion, el proveedor dispone de un plazo de 15 dias habiles para la MORDAZA de la documentacion senalada en el MORDAZA del CONSUCODE. Dicho plazo se inicia tomando en consideracion lo siguiente: 1. Proveedor con inscripcion vigente, en estado de activo o suspendido: El plazo de 15 dias habiles para presentar la documentacion se inicia desde el dia siguiente de caducar (finalizar) la vigencia de la inscripcion del capitulo en el que se encuentre inscrito. 2. Proveedor con inscripcion caduca, en estado de activo o suspendido: El plazo de 15 dias habiles para presentar la documentacion se inicia desde el dia siguiente de efectuado el pago de la tasa en el banco autorizado. d) El proveedor inscrito en el RNP podra iniciar su tramite de renovacion de inscripcion abonando la tasa en el banco autorizado desde un mes MORDAZA del vencimiento de la vigencia de su inscripcion. De efectuarse el pago sin encontrarse aun en este plazo, el sistema RNP considerara el pago como "duplicidad" en el capitulo en que se encuentre inscrito y no podra generarse la renovacion. En este caso, el proveedor podra solicitar la devolucion de la tasa respectiva. e) La renovacion de la inscripcion se genera en funcion al estado en que caduca la inscripcion: Activo o Suspendido. Para levantar el estado de suspendido el proveedor debe cumplir con presentar los documentos

senalados en el MORDAZA para el tramite de renovacion y que se encuentren conforme. f) El proveedor podra acceder al formulario electronico: "Solicitud de Renovacion de Proveedores de Bienes y/o Servicios" (en adelante el formulario electronico), siempre y cuando la vigencia de su inscripcion MORDAZA caducado (finalizado). g) El domicilio que figurara en la MORDAZA de Inscripcion Electronica sera aquel que el proveedor de bienes y/o de servicios declaro a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT). h) En los casos de renovacion de inscripcion, el proveedor debera completar los datos solicitados en el formulario electronico. Para los casos de subsanacion de observaciones y levantamiento de la suspension considerados en la presente Directiva, solo sera necesario el ingreso al formulario electronico en el caso que este sea el documento observado o que nunca MORDAZA sido remitido al RNP, caso contrario el proveedor debera enviar la documentacion solicitada. En todos los casos el proveedor debera grabar la informacion ingresada e imprimir el formulario electronico mencionado. Tambien debera imprimir el "rotulo de envio" proporcionado por el sistema. Si el proveedor desea entregar su documentacion personalmente, debera imprimir una MORDAZA adicional del formulario electronico MORDAZA mencionado a efectos que pueda servirle como cargo al momento de hacer entrega del mismo. Todos los documentos solicitados en el tramite de renovacion de inscripcion deberan ser presentados por el proveedor en la sede central de CONSUCODE o en cualquiera de sus oficinas desconcentradas, en forma personal o mediante correo postal. 2. Disposiciones Especificas a) Si el proveedor al momento de efectuar el pago, se encontrara con la vigencia de su inscripcion caduca, podra acceder al formulario electronico luego de transcurrido dos (2) dias habiles de haber efectuado el mencionado pago. Para acceder al formulario electronico, el proveedor debera ingresar a la pagina Web de CONSUCODE: www. consucode.gob.pe (icono RNP) o directamente al sitio Web: www.rnp.gob.pe. b) Dentro del sitio Web del RNP elegira el icono "Tramites en Linea" al cual debera ingresar digitando su numero de RUC y la Clave del RNP. Para obtener o recuperar la clave RNP, el proveedor debera ingresar al icono "Correo del RNP", digitando su numero de RUC y contrasena respectiva. c) En el menu principal de "Tramites en Linea" seleccionara la opcion "Renovacion", el cual le MORDAZA acceso al formulario electronico. Una vez completado dicho formulario debera imprimirlo junto con el "rotulo de envio" proporcionado por el sistema, asi como la MORDAZA de Inscripcion Electronica a la que tendra acceso a partir de ese momento. Luego el proveedor debera proceder segun lo indicado en el literal c), Disposiciones Generales. d) Si el RNP detectara que la documentacion presentada esta incompleta o con informacion errada, formulara la observacion correspondiente y la comunicara al proveedor a traves del correo electronico asignado "Correo del RNP" ("observaciones al tramite de renovacion"), otorgandole un plazo adicional de quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de efectuada dicha comunicacion con la finalidad que subsane las respectivas observaciones. e) De no cumplir el proveedor con presentar los requisitos de renovacion dentro de los plazos MORDAZA indicados, no se considerara satisfecho el cumplimiento de los requisitos, y en consecuencia, el tramite de renovacion y la MORDAZA de Inscripcion Electronica seran suspendidos hasta su cumplimiento. Ningun proveedor en este estado podra ser postor en MORDAZA de seleccion alguno ni contratar con el Estado.