Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2005 (30/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, jueves 30 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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mo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Seran de concreto de calidad de f´c = 175 kg/cm² de 0.10 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.20 m., y el acabado sera con mezcla cemento-arena fina, en proporcion 1:2 de un (1) centimetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas seran de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construiran sardineles de concreto de calidad f´c=175 kg/cm², y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construiran sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolitica y homogenea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas en Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares senalados en el plano de Trazado y Lotizacion, se construiran rampas en las bermas, que conectaran los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTE ­ U.190 "ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutaran las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria LUZ DEL SUR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y termino de las mismas. Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, el interesado debera coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefonica del Peru S.A. dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales. Articulo Tercero.- DISPONER, que los interesados deberan efectuar la inscripcion de los aportes reglamentarios ante la Oficina Registral de Lima. Articulo Cuarto.- CONSIDERAR, la presente habilitacion MORDAZA con construccion simultanea. Articulo Quinto.- DERIVAR, los presentes actuados a la Direccion de Autorizaciones Urbanas de esta Corporacion Municipal, para la aprobacion de los proyectos de edificacion y otorgamiento de licencia de construccion correspondiente; asimismo las edificaciones que en virtud de la referida autorizacion se construyan, no podran ser ocupadas sin contar con el certificado de finalizacion de obra, en concordancia con el Art. II-X-4 del Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendarios contados a partir de la notificacion de la presente. Articulo Setimo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA para su inscripcion correspondiente, a la Direccion de Autorizaciones Urbanas de esta Corporacion Municipal para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Municipal 11621

MUNICIPALIDAD DE ATE
Autorizan independizacion de terreno MORDAZA ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 0036 Ate, 30 de MORDAZA de 2005 LA SUBGERENTE DE PLANIFICACION MORDAZA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE

VISTO: El Expediente Nº 29152-2004 seguido por la Asociacion de Vivienda Los Pinos de MORDAZA - AVIPIL y la Asociacion de Vivienda Los MORDAZA del Sur, por el que solicita la Independizacion en dos Sublotes para Uso Residencial de Densidad Media "R 4" del terreno de 11,564.00 m2. constituido por el Lote 03 de la Mz. "L" de la Lotizacion Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo Nº 03-2004-CTHU/MDA tomado en Sesion 10-2004-CTHU/MDA de fecha 17 de diciembre de 2004, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas dictamino APROBADO el Planeamiento Integral con Fines de Independizacion del terreno de area 11,564.00 m2. constituido por el Lote 03 de la Mz. "L" de la Lotizacion Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que de conformidad con el Art. II-IV-7 del Reglamento Nacional de Construcciones; el Planeamiento Integral aprobado tendra caracter de obligatorio para las habilitaciones futuras cualesquiera que sea el propietario y tendra una vigencia minima de 5 anos, salvo que dentro de dicho termino se apruebe oficialmente un Plan Regulador que obligue al cambio de dicho Planeamiento Integral; Que, por Valorizacion Nº 58-2004-SGPUC-GDU/MDA de fecha 17 de diciembre de 2004, el derecho de pago por concepto de Independizacion de Terrenos Rusticos de conformidad con el Articulo II- XXIII-5 del Reglamento Nacional de Construcciones; asciende a la suma de S/. 2,414.12 (dos mil cuatrocientos catorce con 12/100 Nuevos Soles), aprobandosele mediante la Resolucion Subgerencial de Recaudacion Nº 630-2005-SGR-GR/MDA, el fraccionamiento de la deuda y con los Recibos de Pago Nº 00015976002 por el valor de S/. 603.53 de fecha 23 de marzo de 2005 y 0001708045 por el valor de S/. 603.53 de fecha 16 de MORDAZA de 2005, se acredita la cancelacion de la primera y MORDAZA cuota de dicho fraccionamiento; Que, mediante Informe Tecnico Nº 333-2005-AHUSGPUC-GDU/MDA del 20 de marzo de 2005, se concluye que el presente tramite corresponde a un Planeamiento Integral con fines de Independizacion; habiendo los interesados cumplido con presentar los requisitos, asi como los derechos administrativos estipulados el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente; debiendo procederse a su aprobacion mediante la Resolucion correspondiente; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades y Ley Nº 27444 - Ley Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas y por el capitulo XXIII, titulo II del Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 022-2005-SGPUC-GDU/MDA, el PLANEAMIENTO INTEGRAL para Uso Residencial de Densidad Media R-4; del terreno de 11,564.00 m2. constituido por el Lote 03 de la Mz. "L" de la Lotizacion Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 023-2005-SGPUC-GDU/MDA, la INDEPENDIZACION del terreno MORDAZA de 11,564.00 m2. constituido por el Lote 03 de la Mz. "L" de la Lotizacion Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; en dos (2) Sublotes, de conformidad con el siguiente cuadro: Denominacion Area Sublote 3A 6,563.72 m2 Sublote 3B 5,000.28 m2 Articulo Tercero.- ESTABLECER, la obligatoriedad para las habilitaciones futuras del Planeamiento Integral aprobado, el cual tendra una vigencia minima de 5 anos, salvo que dentro de dicho termino se apruebe oficialmente un Plan Regulador, que obligue al cambio de dicho planeamiento integral de conformidad con el Art. II-IV-7 del Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion