Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2005 (16/01/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 284728

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de enero de 2005

VISTO el recurso interpuesto por MORDAZA Portalatina MORDAZA MORDAZA y otros, impugnando el MORDAZA de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales 2004 del Concejo Distrital de Huayan, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, realizado el 17 de octubre de 2004; CONSIDERANDO: Que los hechos descritos por la recurrente y otros, referidos a pobladores de otras comunidades vecinas que migraron al distrito de Huayan, cambiando sus domicilios para apoyar al MORDAZA y regidores con su MORDAZA, no se enmarcan en las causales previstas en la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, que tipifiquen la nulidad de la consulta popular de revocatoria en la referida circunscripcion; Por estos fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud formulada por MORDAZA MORDAZA Portalatina MORDAZA MORDAZA y otros, sobre nulidad de la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales realizada el 17 de octubre de 2004 en el distrito de Huayan, provincia de Huarmey, departamento de Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA RAMIREZ. MORDAZA VALLENAS. MORDAZA MARQUILLO. MORDAZA URDANIVIA. BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 00825

del Concejo Distrital de Ticapampa, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que obra a foja 19, que dicho Concejo acordo el 03 de enero de 2003 que las sesiones ordinarias se llevarian a cabo los jueves de la semana, lo cual se confirma con las constancias de publicacion de las convocatorias a las diversas sesiones ordinarias de Concejo, que obran de fojas 25 a 28, y, a su vez, con las citaciones a varias sesiones ordinarias de Concejo, que corren de fojas 29 a 32, en autos se observa que las tres fechas 6, 20 y 27 de MORDAZA de 2004 que se establece en el Acuerdo de Concejo Nº 01-2004-MDT/A que dicho regidor falto a sesiones ordinarias de Concejo no fueron faltas realizadas en forma consecutiva pues, segun Acta de Sesion Ordinaria del 13 de MORDAZA de 2004, el Regidor MORDAZA MORDAZA si asistio en dicha fecha, que obra de fojas 34 a 37; Que, la causal establecida en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades MORDAZA citada establece que se configurara causal de vacancia solo cuando exista inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante 3 meses, lo cual no se desprende del analisis del presente expediente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de declaracion de vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Ticapampa, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustentada en la configuacion de la causal de vacancia del articulo 22º, inciso 7), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 00827

Declaran improcedente solicitud de declaracion de vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Ticapampa
RESOLUCION Nº 005-2005-JNE Exp. Nº 896-2004 MORDAZA, 13 de enero de 2005 VISTO el Escrito 001-C, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Ticapampa, provincia de Recuay, departamento de MORDAZA, en el cual se solicita la convocatoria de candidato no proclamado ante la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Robles; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Ticapampa en Sesion Extraordinaria de Concejo del 18 de agosto de 2004, que corre de fojas 10 a 11, adopta el Acuerdo de Concejo Nº 01-2004-MDT/A declarando la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA, que obra a foja 09, sustentando que dicho regidor inasistio injustificadamente a tres sesiones ordinarias de Concejo de fechas 6, 20 y 27 de MORDAZA de 2004 y que, por lo tanto, incurria en la causal de vacancia establecida el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que si bien se senala en la solicitud de declaracion de vacancia del cargo del Regidor MORDAZA MORDAZA, presentada el 22 de MORDAZA de 2004 por el Regidor

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Tocache
RESOLUCION Nº 006-2005-JNE Expediente Nº 907-2004 MORDAZA, 13 de enero de 2005 VISTO el Oficio Nº 915-2004-MPT/A, de fecha 16 de diciembre de 2004, comunicando el fallecimiento de la Regidora del Concejo Provincial de Tocache, departamento de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y pidiendo se proceda a cubrir el cargo vacante de acuerdo a ley; CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 016-2004-MPT, que obra en foja 02, adoptado en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de noviembre de 2004, el Concejo Provincial de Tocache declaro la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en virtud de lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 que dispone que el cargo de regidor se declara vacante por el Concejo Municipal en caso de muerte;