Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2004 (07/04/2004)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 266235

EF y normas modificatorias, establece que la Administracion Tributaria podra designar como agentes de retencion a los sujetos que se encuentran en disposicion para efectuar la retencion de tributos; Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT y normas modificatorias se establecio el Regimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a los proveedores y se designo a determinados sujetos como agentes de retencion; Que a traves de las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 116-2002/SUNAT, 135-2002/SUNAT, 181-2002/SUNAT, 080-2003/SUNAT, 101-2003/SUNAT y 184-2003/SUNAT han sido designados otros agentes de retencion; Que adicionalmente a los designados por las citadas resoluciones, resulta de interes fiscal nombrar nuevos agentes de retencion; En uso de las facultades conferidas por el articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, por el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designase como Agentes de Retencion del Impuesto General a las Ventas a los sujetos senalados en el Anexo de la presente resolucion, los mismos que operaran como tales a partir del 1 de MORDAZA de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional ANEXO Relacion de sujetos designados como Agentes de Retencion, adicionales a aquellos nombrados mediante Resoluciones de Superintendencia Nºs. 037-2002/SUNAT, 116-2002/SUNAT, 135-2002/SUNAT, 181-2002/SUNAT, 080-2003/SUNAT, 101-2003/SUNAT y 184-2003/SUNAT Ord. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 06896 RUC 20100010489 20104498044 20105367407 20106156400 20141189850 20261180937 20264234906 20313463631 20373860736 20384891943 Ord. 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 RUC 20418420830 20424666468 20484054879 20502597061 20504208843 20504268234 20504762433 20506228515 20506766762 20507855645

de contribuir al desarrollo socioeconomico sostenible del departamento de Tacna; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000114-2004-SUNAT/A del 17.03.2004 se aprueba el procedimiento de ZOFRATACNA INTA-PG.23, en aplicacion de la disposicion senalada en el considerando anterior; Que se ha visto por conveniente evaluar el impacto de algunas de las disposiciones contenidas en el referido Procedimiento INTA-PG.23, concretamente las referidas al ingreso de mercancias a la MORDAZA Comercial de Tacna y de vehiculos usados a la ZOFRATACNA con mas de cinco anos de antiguedad que se destinan al exterior; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspendase la aplicacion del numeral 1 del rubro A.8) de la seccion VII del procedimiento de ZOFRATACNA, INTA-PG.23, para aquellas mercancias ingresadas por los puntos autorizados por el articulo 18º de la Ley Nº 27688, modificada por la Ley Nº 27825. Articulo 2º.- Suspendase la aplicacion del inciso a) del numeral 1 del rubro A) y la referencia en el numeral 7 del rubro E) de la seccion VI del procedimiento de ZOFRATACNA, INTA-PG.23, respecto a la prohibicion de ingreso a la ZOFRATACNA de vehiculos usados con mas de cinco (5) anos de antiguedad, solo para efectos de su reexpedicion al exterior. Articulo 3º.- Lo dispuesto en la presente Resolucion tendra una vigencia de sesenta (60) dias calendario contados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BEJAR MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) 06909

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a procurador denunciar penalmente a presunto responsable de la comision de delito contra la fe publica en agravio del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 069-2004-PRES MORDAZA, 18 de marzo del 2004 VISTOS; el Acuerdo de Directorio de Gerentes Nº 022004-GRL/DG, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1982003-PRES, el Informe Nº 063-2004-GRL/GRI; y, CONSIDERANDO; Que, el articulo 78º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que la defensa de los derechos e intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional se ejerce judicialmente por el Procurador Publico Regional; Que, conforme al articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de Representacion y Defensa de los derechos e intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional, para que el Procurador Regional inicie MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, debera contar con la autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales; Que, por la Resolucion Ejecutiva de Vistos se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico del Gobierno Regional de Lima;

Suspenden aplicacion de numerales del procedimiento de ZOFRATACNA, INTAPG.23
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000134-2004/SUNAT/A Callao, 6 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27688 del 28.03.2002, modificada por Ley Nº 27825 del 12.09.2002 se aprobo la Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, con la finalidad