Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2003 (05/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 5 de marzo de 2003 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efectos de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial se entiende por: a) ACOPIADOR: Persona natural que participa exclusivamente en las compras de algodon MORDAZA, para su venta a las empresas desmotadoras o adquirientes. b) CORREDOR LOCAL. Persona natural que compra por encargo de las empresas desmotadoras, algodon MORDAZA directamente en las parcelas de los agricultores. Articulo 2º.- CREACION DE REGISTRO Crease el Registro de Acopiadores y Corredores de Algodon en MORDAZA Tanguis en las Agencias Agrarias que a continuacion se senala: a) Las Agencias Agrarias de Ica, Chincha, MORDAZA, Nasca-Palpa. b) Las Agencias Agrarias de Barranca, Huaral, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Mala y Canete. c) Las Agencias Agrarias de MORDAZA (Chimbote), Casma y Huarmey. d) La Agencias Agrarias de Acari - MORDAZA Union. Las Agencias Agrarias entregaran a los acopiadores y corredores inscritos una credencial numerada correlativamente, que los acreditara como tales. Articulo 3º.- REQUISITOS PARA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Para su inscripcion en el Registro de la Agencia Agraria que les corresponda por razon de jurisdiccion, los acopiadores y corredores deberan cumplir con los requisitos siguientes: ACOPIADOR a) Presentar solicitud conforme al formato que senale la Agencia Agraria respectiva; b) Fotocopias legalizadas del D.N.I. y R.U.C; c) Dos fotos tamano carne; d) Fotocopia legalizada de Licencia Municipal y del Registro Comercial del almacen o deposito para el acopio de algodon en MORDAZA urbana; e) Fotocopia legalizada de la MORDAZA de apertura del libro de compras y ventas de algodon; f) Acreditar la existencia de sacas y mantas en cantidades suficientes; g) Carta de compromiso, de presentar informacion periodica a la Agencia Agraria, en los plazos y formatos que MORDAZA senale. CORREDOR a) Presentar solicitud conforme al formato que senale la Agencia Agraria respectiva; b) Fotocopias legalizadas del D.N.I. y R.U.C; c) Dos fotos tamano carne; d) Fotocopia legalizada de la MORDAZA de apertura del libro de operaciones de corretaje de algodon; Registrese , comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 04138

Delegan facultad del Titular del Pliego de aprobar Directiva de Encargos entre el PRONAMACHCS y sus Unidades Operativas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0208-2003-AG MORDAZA, 4 de marzo de 2003 VISTO: El Oficio Nº 153-2003-AG-PRONAMACHCS-GG, de fecha 11 de febrero de 2003 del Gerente General del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 56º de la Directiva de Tesoreria para el Ano Fiscal 2003, aprobada por Resolucion Directoral Nº 103-2002-EF/77.15, establece que procede el manejo de fondos en la modalidad de "Encargos" financiados con Recursos Publicos, en los siguientes casos: a) Entre Unidades Ejecutoras que pertenecen a diferentes pliegos presupuestales. En este caso se suscribira el respectivo Convenio por los titulares de pliego o por los funcionarios a quienes les sea delegada esta funcion, b) Entre Unidades Ejecutoras del mismo pliego presupuestal y c) Entre la Unidad Ejecutora a una o mas de sus Unidades Operativas. En los dos ultimos casos el titular del Pliego o el funcionario a quien se le delegue esta funcion, debera aprobar una Directiva para el manejo de fondos en la modalidad de Encargos; Que, con el fin de optimizar la operatividad del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Agricultura, se requiere delegar la funcion del Titular del Pliego de aprobar la Directiva de Encargos entre dicha Unidad Ejecutora y sus Unidades Operativas, conformantes de su estructura organica a favor del Gerente General del PRONAMACHCS; De conformidad con lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura y estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 Ley Organica del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y la Resolucion Directoral Nº 103-2002-EF/77.15; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Gerente General de la Unidad Ejecutora: 002 del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura, la facultad del Titular del Pliego de aprobar la Directiva de Encargos entre dicho Programa y sus Unidades Operativas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 04142

Autorizan viaje de Jefe del INRENA a Bolivia para participar en la 5º Reunion del Comite de Direccion del Proyecto de Conservacion de la Biodiversidad en la MORDAZA del Lago Titicaca-Desaguadero-Poopo-Salar de Coipasa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0214-2003-AG MORDAZA, 4 de marzo de 2003